En medio de la crisis que afecta la
Corte Suprema, por la
trama de acusaciones constitucionales en contra de tres ministros -Ángela Vivanco, Jean Pierre Matus y Sergio Muñoz-, se han abierto otras áreas que suscitan dudas sobre el funcionamiento de la Justicia en el corto plazo.
Y es que en medio de la ofensiva de los diputados, el Senado ya avanzó en el proceso para llenar dos cupos pendientes de la Corte Suprema, además del fiscal judicial de la misma instancia: El pasado 2 de septiembre en la comisión de Constitución visó los nombres propuestos del Gobierno y el próximo 1 de octubre será la Sala del Senado la que deberá aprobar por dos tercios dichos nombres.
Es precisamente ese proceso el que ha quedado en entredicho, luego que algunas voces plantearan "pausar" la ratificación a raíz de la crisis que vive el Poder Judicial y el sistema de nombramientos.
Una de las alternativas sería esperar la reforma que anunció el Gobierno en esa materia, pero la cercanía de la fecha hace compleja esta posibilidad. A ello se suma que hay un tercer ministro, Juan Eduardo Fuentes, que también deberá ser reemplazado pronto, ya que el próximo 24 de octubre cumple la edad límite para el cargo (75 años).
Consultados por Emol, varios senadores se mostraron en contra de aplazar el proceso, mientras que el Gobierno también fijó postura en esa línea. El martes, el ministro de la Segpres, Álvaro Elizalde, dijo a Tele13 Radio que se debe "continuar con este proceso, porque de caso contrario, generaríamos un problema para el funcionamiento de la Corte, que tendría que constituir las salas con abogados integrantes o de otra forma".
Pero, ¿quiénes son los abogados integrantes y qué rol cumplen dentro de la Corte Suprema?
Quiénes son y quién los designa
Estos profesionales, que nos tienen una carrera judicial, participan tanto en la Corte Suprema como en las cortes de apelaciones. La "integración" de estos abogados ocurre cuando, por falta o inhabilidad de algunos de los miembros de estos tribunales, las salas quedan sin el número de jueces necesario para el conocimiento y resolución de las causas.
Un estudio del Observatorio Judicial detalla que, "
para este efecto, la ley dispone que se integrarán con los miembros no inhabilitados del mismo tribunal, con sus fiscales y con los abogados que se designan anualmente con este objeto".
En el caso de los abogados integrantes de la Suprema, estos son llamados de acuerdo a sus especialidades para completar las salas, y en el caso de los abogados integrantes de las cortes de apelaciones, se les convoca según el orden en el que fueron nombrados en esos cargos.
Ahora bien, ninguna de las salas puede funcionar con mayoría de abogados integrantes. De los cinco ministros que completan una, sólo dos pueden ser abogados integrantes.
Designación y número abogados integrantes
En cuanto a su designación, complementa el estudio, son nombrados por el Presidente de la República a partir de ternas elaboradas por la Corte Suprema. La designación dura tres años para los abogados de la Suprema, y un año en el caso de las cortes de apelaciones.
12 abogados integrantes forman parte de la Corte Suprema
¿Cómo se conforma esa terna? Los jueces de la Suprema deben elaborar una lista de abogados con residencia en la ciudad que sirve de asiento del tribunal respectivo. Además, deben reunir las condiciones requeridas para ser ministro -excepto el límite de edad de 75 años-, además de que hayan destacado en su carrera profesional o universitaria. Esto, sin perjuicio de que puedan existir requisitos adicionales.
"Finalmente, cabe destacar que la cantidad de abogados integrantes es variable dependiendo del tribunal. Así, hay doce abogados para la Corte Suprema; quince para la Corte de Apelaciones de Santiago; nueve para las cortes de apelaciones de Valparaíso, San Miguel, y Concepción; cinco para las cortes de apelaciones de Arica, Antofagasta, La Serena, Rancagua, Talca, Temuco y Valdivia; y tres para cada una de las cortes de apelaciones restantes", detalla el citado informe.
En efecto, en el caso de la Corte Suprema, el documento con fecha 17 de enero de 2024, firmado por el Presidente Gabriel Boric, detalla el nombramiento de los 12 abogados integrantes de la Corte Suprema, por el trienio marzo 2024 a marzo 2027. Todos ellos, asumieron el 1 de marzo de este año, previo juramento de rigor.
"Hay un exceso de vacantes"
En conversación con Emol, el director de Estudios del Observatorio Judicial y autor del mencionado documento, José Miguel Aldunate, comenta que hay al menos cuatro ministros que hoy no están operativos, por lo que se hace urgente que mantengan los procesos de nombramiento, independiente de la crisis que hoy se desató por el caso Audio. Esto, para garantizar el correcto funcionamiento de la institucionalidad y subsanar este "exceso de vacantes" de jueces.
Aldunate explica que si bien la figura del abogado integrante es útil para complementar las salas en casos excepcionales, hay una serie de complejidades asociadas, que están más bien dadas por cómo están definidas las normas actuales.
"(Los abogados integrantes) son personas que por su profesión, tramitan intereses particulares, en eso no hay problema, pero en su rol de abogado integrante tienen que ejercer como juez, y para eso tienen que ser imparcial. Si bien para eso se establecen normas de inhabilidades, para algunos sigue sin ser suficiente".
José Miguel Aldunate, director de Estudios Observatorio Judicial
Una de ellas, es que se trata de abogados que son convocados a llenar las salas, pero que en su día a día ejercen en el mundo privado. "Son personas que por su profesión, tramitan intereses particulares, en eso no hay problema, pero en su rol de abogado integrante tienen que ejercer como juez, y para eso tienen que ser imparcial. Si bien para eso se establecen normas de inhabilidades, para algunos sigue sin ser suficiente".
Asimismo, establece como dificultad que los abogados integrantes "no tienen una prohibición de participar en política, y muchas veces sus afinidades políticas son más abiertas que la de los jueces".
A ello, suma que si bien cuando se discuten los nombramientos en la Corte Suprema, los parlamentarios procuran que se establezcan equilibrios políticos para llenar las salas, en el caso de los abogados integrantes no hay una definición de qué sala integrarán, pues precisamente su figura está para los casos excepcionales. En ese sentido, no se puede saber "hacia donde decanta la posición de la Sala".
"Todo esto genera que, en definitiva, el abogado integrante no sea una figura muy acorde con el rol que sigue la Corte Suprema. Pareciera que el modelo a seguir debiera ser el del TC, que tienen ministros suplentes", subrayó.
Con todo, Aldunate cuestiona que existe una tardanza y falta de gestión por parte del Ministerio de Justicia y la Segpres en acelerar la propuesta de los nombres frente a las vacancias que existen hoy para ministros en la Suprema. "Es cierto que estamos ante un Senado complicado para ratificar los nombramientos, pero el principal responsable para aunar voluntades, es el Ejecutivo, y me parece que están al debe", subraya.
"Con lo que está pasando con el caso Audio hay una tentación de paralizarlo todo, pero hay una necesidad institucional de la Corte Suprema de contar con estos nombramientos. Creo que más allá de lo que se resuelva para las acusaciones constitucionales y los ajustes que se hagan a los nombramientos a través de una reforma, es urgente que se nombren las vacantes pendientes", zanjó.