El Tribunal de Juicio Oral en Lo Penal de Coyhaique absolvió esta jornada a los dos hijos de Nabila Rifo, quienes fueron formalizados por una riña con el conviviente de la mujer, la que derivó en la muerte del hombre en febrero de este año.
Anterior a este hecho, Rifo había sufrido una grave agresión en el 2016, en la que perdió su visión, en un caso que provocó conmoción pública. El agresor, en ese tiempo su pareja, fue condenado por ese hecho y cumple una pena de prisión.
De acuerdo con información policial de ese entonces en relación al último caso, el hijo de la mujer, de 20 años en ese momento, atacó al hombre -identificado como Ignacio Bañares- luego que este llegara a la casa de Rifo, la insultara y lanzara piedras al inmueble. Su hermano de 17 años también participó del hecho.
Ambos habrían golpeado con puños y puntapiés al hombre, de 34 años, y utilizaron un elemento contundente para agredirlo.
El fallo
El tribunal dio por acreditado que esa noche, alrededor de las 21.30 horas, Bañares llegó hasta el domicilio para retirar unas herramientas.
Ofuscado por no poder ingresar al antejardín y caminar alrededor de la reja perimetral, "procede a tomar un elemento, e ingresa al antejardín, instante que Luis Torres Rifo, abre la puerta principal procediendo Bañares a forcejear con éste, tras ello sale Y.T.R, quien también se encontraba en el interior del inmueble con un elemento contundente (bate) con el cual golpea en la cabeza a Bañares cayendo éste al suelo, luego los hermanos Torres Rifo proceden a golpearlo reiteradamente con elementos contundentes", se lee en el fallo.
Tras eso, el sujeto murió en las horas posteriores.
"La prueba demostró que ambos acusados estuvieron insertos desde temprana infancia en un ambiente de permanente violencia intrafamiliar y vulneración de derechos, (...) presenciando en forma constante actos de maltrato hacia aquella (su madre) y que los afectaban directamente, según dieron cuenta en forma consistente los documentos incorporados por la defensa y las pericias psicológicas, antropológica y psiquiátricas, destacando sin duda el evento que se produjo en el año 2016 en contra de su progenitora públicamente conocido", agrega.
El fallo añade que "tales vivencias generaron un trauma a ambos acusados, el cual no recibió atención especializada y ha continuado presente en sus vidas hasta la fecha".
"Conforme a lo que se ha expuesto, se desestima la acusación
fiscal y por lo tanto se absuelve a los acusados Torres Rifo, toda vez que se acredita una causal eximente de responsabilidad", completó.