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TC rechazó norma que prohibía al Minsal financiar tratamientos hormonales de niños y adolescentes trans

El organismo declaró inconstitucional la glosa impulsada por el Partido Republicano, ya que se busca regular la "administración presupuestaria reservada al Presidente".

10 de Enero de 2025 | 10:51 | Por Sofía Campos, Emol.
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El Mercurio/Archivo
El jueves el Tribunal Constitucional (TC) resolvió declarar inconstitucional la norma que prohibía el financiamiento estatal de tratamientos hormonales de niños, niñas y adolescentes transgénero.

La glosa, impulsada por parlamentarios del Partido Republicano, fue aprobada en noviembre en la Cámara de Diputados con 65 votos a favor, 45 en contra y 7 abstenciones.

En ella, se establecía que el Ministerio de Salud no podía "financiar gastos relacionados con la adquisición, prescripción o administración de medicamentos con fines de uso de terapia hormonal, sea bloqueo de pubertad u hormonación cruzada, que formen parte o sean en sí una forma de tratamiento de la disforia de género, sea o no clínicamente diagnosticada en menores de edad".

Además, se consignaba que "tampoco podrá incurrir en gastos de personal, bienes y servicios de consumo para operaciones de reasignación de sexo".

En esa línea, la resolución del TC señaló que "al examinar en su integridad la Partida 16 del Ministerio de Salud, no constan asignaciones o glosas que se refieran directamente a gastos asignados sobre los cuales la disposición en análisis pueda encontrar fundamento para restringirlos".

"En contrario, la glosa solo contiene prohibiciones para imposibilitar el desarrollo de una específica política pública, cuya determinación, en definitiva, debe ser desarrollada por medio de la deliberación democrática bajo el proceso de formación de la ley", se agrega.

Además, se cuestiona que la glosa busque prohibir en su totalidad los tratamientos de niños y adolescentes: "La glosa no crea un nuevo gasto que se pueda reducir; más bien, lo imposibilita del todo. Esta circunstancia produce que, además de lo anterior, se regulen cuestiones que son propias de la administración financiera y presupuestaria reservada al Presidente de la República, en quien reside la iniciativa exclusiva para una eventual iniciativa legal".

La votación del TC resultó con siete votos a favor por parte de los ministros Daniela Marzi Muñoz -presidenta del TC-, Nancy Yáñez Fuenzalida, María Silva Gallinato, Raúl Mera Muñoz, Catalina Lagos Tschorne, Alejandra Precht Rorris y Mario Gómez Montoya, y tres en contra de los ministros Miguel Ángel Fernández González, Héctor Mery Romero y Marcela Peredo Rojas.

Tras conocerse este hecho desde el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) celebraron la resolución "como un triunfo para los menores de 18 años con identidades de género diversas y sus familias".

También destacaron que el Tribunal Constitucional "ha resultado ser más respetuoso de los derechos humanos que el Congreso Nacional, algo que nunca antes había pasado en la historia de la lucha de las personas LGBTIQ+".

"Esperamos que el Congreso Nacional tome nota de que sus decisiones están vulnerando la dignidad humana en función de ideologías de odio a las cuales representa y/o válida", agregaron mediante un comunicado.

Disposiciones declaradas incostitucionales


El fallo del Tribunal Constitucional declaró inconstitucionales una serie de normas aprobadas por el Congreso en medio de la discusión de la Ley de Presupuesto, en total, 13.

Es que mientras se llevó a cabo dicho debate, a fines del año pasado, los parlamentarios incluyeron elementos como la exención de contribuciones para adultos mayores y la suspensión de la Ley Lafkenche.

Estas y otras glosas, de este modo, quedaron impuganadas por el TC. "Reestablece el imperio de la ley, por sobre todo el respeto a la Constitución en el marco de lo que fue la tramitación de la Ley de Presupuesto para el año 2025", dijo al respecto el ministro secretario general de la Presidencia, Álvaro Elizalde.

Agregó, en esa línea, que "de las 13 disposiciones respecto a las que se pronunció el TC, que correspondían a 11 glosas y dos artículos, la totalidad de estas disposiciones fueron declaradas inconstitucionales".

"En primer lugar -explicó- porque se pasa a llevar el principio de iniciativa exclusiva del Ejecutivo en materias que solo pueden ser debatidas en el Congreso Nacional en la medida que cuenten con el patrocinio del Presidente de la República (...) lo que no ocurrió en este caso".

"Pero adicionalmente -añadió- porque algunas de estas indicaciones presentadas por los parlamentarios, no formaban parte de las ideas matrices del proyecto de Ley de Presupuesto".


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