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¿Qué son las vulneraciones graves?: Las dudas por el pronunciamiento de la Defensoría de la Niñez sobre Cariola

La asistencia de la diputada con su hijo de ocho días al Congreso abrió un fuerte debate en torno a la protección del niño, y cuestionamientos a la Defensoría en torno a pronunciamientos que ha tenido en otras ocasiones, como con Cathy Barriga y su hijo.

12 de Marzo de 2025 | 15:55 | Redactado por Daniela Toro, Emol.
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Cathy Barriga, ex alcaldesa de Maipú (izquierda); Karol Cariola, presidenta de la Cámara de Diputados (derecha).

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Una serie de críticas desató la presencia de la diputada Karol Cariola en la Sala de la Cámara de Diputados, para la votación de la moción de censura que presentó el Partido Social Cristiano (PSC) en su contra. Esto, a raíz de la indagatoria por presunto tráfico de influencias que abrió la Fiscalía.

Cariola, quien se encuentra en pleno postnatal, no llegó sola. Acudió con su hijo de ocho días de nacido en sus brazos, y permaneció junto a él en la mesa de la testera, durante el tiempo que duró la votación, donde finalmente se rechazó la censura. Más tarde, hizo entrega de su hijo a su pareja, el diputado Tomás de Rementería, para poder hacer una declaración pública ante los medios. Posteriormente, Cariola se retiró del Parlamento.

Fue entonces cuando comenzaron a replicarse las críticas por lo que algunos consideraron una "exposición" y hasta "vulneración" del recién nacido. La presidenta del Partido Social Cristiano, Sara Concha, señaló a CNN Chile Radio que "traer a su bebé no fue lo correcto, porque además ella no estaba obligada a venir. La izquierda es experta es poder victimizarse y desviar el debate de fondo, que es que hoy hay una investigación de por medio contra la presidenta".

Pronunciamiento de la Defensoría


Ante las críticas, pero también ante los emplazamientos para que se pronunciaran, la Defensoría de la Niñez emitió ayer un comunicado donde señaló que la entidad "como institución autónoma de derechos humanos, tiene como objetivo resguardar la protección de los derechos de todos los niños, niñas y adolescentes que viven en Chile, sin distinción de ningún tipo. Sobre la situación particular de la Presidenta de la Cámara, no vislumbramos vulneraciones graves, ni acciones que debamos emprender".

"El derecho preferente de los padres prima sobre cualquier pretensión de terceros, salvo cuando existan negligencias o vulneraciones graves. Estos derechos están reconocidos a nivel nacional e internacional".

Defensoría de la Niñez
Asimismo, destacaron que "el derecho preferente de los padres prima sobre cualquier pretensión de terceros, salvo cuando existan negligencias o vulneraciones graves. Estos derechos están reconocidos a nivel nacional e internacional".

En diciembre de 2024, el ente autónomo también se pronunció. En aquella oportunidad, lo hizo a raíz del video de 8 minutos que compartió la ex alcaldesa de Maipú, Cathy Barriga, luego que la Corte de Apelaciones ordenara el retorno a prisión preventiva en el contexto de la indagatoria por fraude al Fisco y falsificación de documento público.

En el registro, Barriga mostraba a su hijo -diagnosticado con TEA- en un estado de crisis, donde emplazaba a la Justicia y querellantes, acusando que su prisión preventiva afectaba el estado de salud de su hijo.

Sobre el video, la Defensoría de la Niñez señaló que "queremos ser enfáticos en recordar que madres, padres y cuidadores deben ser siempre los principales garantes de los derechos de niños, niñas y adolescentes y, por tanto, los responsables de generar un entorno protector para ellos y ellas".

"En consecuencia, nada justifica la exposición de un niño, sobre todo si ésta puede poner en riesgo su derecho a la intimidad, el resguardo de su imagen, su dignidad, sus datos personales y su vida privada.

Las familias son el principal espacio de resguardo y protección de niños, niñas y adolescentes", zanjaron.

"Unificar criterios"


La tarde de este miércoles, diputados UDI anunciaron que citarán al defensor de la Niñez, Anuar Quesille, para que se refiera a los criterios utilizados por el organismo al momento de pronunciarse respecto a la situación de Cariola.

Si bien los parlamentarios gremialistas aseguraron que no realizarán ningún juicio a la decisión que tomó la diputada Cariola, sí manifestaron su preocupación por la declaración pública donde el organismo expresó que "no vislumbramos vulneraciones graves ni acciones que debamos emprender".

En esa línea, los parlamentarios recordaron otras oportunidades donde la Defensoría sí habría actuado advirtiendo una eventual afectación a los derechos de los niños, "como cuando o la ex directora, Patricia Muñoz, criticó que a La Moneda llegaran algunos padres con sus hijos
para saludar al ex Presidente Sebastián Piñera en su cumpleaños, lo que calificó como 'proselitismo'", y además, recordaron el pronunciamiento de diciembre, a raíz del video de Cathy Barriga con su hijo.

¿Cuándo hay una "vulneración grave"?


¿Qué se entiende entonces por "vulneración grave"? Según conoció Emol, el criterio que predomina en la Defensoría, apunta a cualquier transgresión a los derechos fundamentales establecidos en la Convención de los Derechos del Niño o Ley de Garantías y Protección Integral de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes.

En base a los reparos que la Defensoría tuvo con el caso de Barriga - "nada justifica la exposición de un niño, sobre todo si ésta puede poner en riesgo su derecho a la intimidad, el resguardo de su imagen, su dignidad, sus datos personales y su vida privada"- se puede leer en el artículo 34 de la Ley 21.430 sobre Garantías y Protección Integral de los Derechos de la Niñez y la Infancia, lo siguiente:

"Todo niño, niña y adolescente tiene derecho a su honra, intimidad, propia imagen y reputación. Estos derechos comprenden también la inviolabilidad del domicilio familiar y de la correspondencia, así como el derecho a reserva de las comunicaciones, incluidas las producidas a través de las tecnologías de la información y la comunicación", detalla el texto legal.

Añade que "sin perjuicio de lo señalado en el inciso anterior, corresponde a los padres y/o madres, representantes legales o quienes los tengan legalmente a su cuidado, la protección de la intimidad y propia imagen de sus hijos si su edad y grado de madurez así lo requiriesen, debiendo escuchar siempre la opinión del niño, niña o adolescente y atendiendo su interés superior, y corresponde al Estado respetar este rol".

¿En qué se vulneró exactamente la intimidad del hijo de Barriga? Según fuentes de Emol, el punto en concreto que se observó desde la Defensoría es que el menor se exhibía descompensado.

En el caso de Cariola, el que no se detectaran vulneraciones graves, dice relación con que la parlamentaria concurrió con su recién nacido -que además estaba envuelto- a su lugar de trabajo, siendo ella su madre. Esto es, primaría el derecho de los padres respecto a cualquier intervención de terceros -en este caso, respecto de la Defensoría-, a menos que existan vulneraciones explícitas reconocidas en la ley.
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