EMOLTV

Cámara Baja aprueba proyecto contra la discriminación

La iniciativa, que ahora pasará al Senado, sanciona con presidio hasta grado máximo y con multas de hasta 20 UTM a quienes cometan actos discriminatorios.

05 de Octubre de 2005 | 15:56 | El Mercurio en Internet
SANTIAGO.- La Cámara de Diputados aprobó hoy, en segundo trámite legislativo, y en una votación artículo por artículo, el proyecto de ley que establece medidas contra la discriminación, el cual beneficia entre otros sectores a las minorías sexuales.

El Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) expresó su
satisfacción por este nuevo avance, sobre todo luego de que algunos parlamentarios de la UDI estuvieron por eliminar del
proyecto toda referencia a la "orientación sexual" y "al género".

Para conseguir que permanecieran ambas categorías, la organización gay realizó un intenso lobby con parlamentarios de RN, la DC, el PS, el PPD y PRSD, además de enviar diversos informes a la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia.

"En un país donde los niveles de discriminación son altísimos, lo cual
afecta a minorías sexuales, étnicas, religiosas, las mujeres, las personas
con discapacidad y las personas viviendo con VIH/SIDA, entre otros, el
proyecto aprobado en la Cámara constituye un salto cualitativo que nos pone a
la altura de los países más desarrollados", señaló Movilh.

El proyecto aprobado hoy estipula diversas acciones para prevenir y
sancionar actos de discriminación mediante modificaciones al Código Penal.

Específicamente impide y sanciona la discriminación en razón de "de
raza, xenofobia, religión o creencias, origen nacional, cultural o socio
económico, la verdadera o supuesta pertenencia o no pertenencia a una etnia
o raza determinada, en una enfermedad o discapacidad, apariencia, lugar de
residencia, por el sexo, género u orientación sexual, descendencia, edad,
opinión política o cualquiera otra condición social o individual y cuyo fin o
efecto sea la abolición o menoscabo del reconocimiento, goce o ejercicio, en
condiciones de igualdad, de los derechos esenciales a toda persona humana".

Además estipula que el afectado deberá denunciar al acto discriminatorio tras seis meses de ocurrido el hecho ante una instancia que se determinará durante su tramitación en el Senado.

El que cometiere una acto discriminatorio será sancionado con pena de
reclusión menor en sus grados mínimo a medio.

En tanto, el que en el ejercicio de actividades profesionales o empresariales
cometiere la discriminación será sancionado con multa de cinco a veinte
unidades tributarias mensuales.

Cuando se trate de asociaciones que promueven la discriminación, la
pena será de reclusión menor en su grado medio, mientras los fundadores o
quienes ejercieren mando en la asociación, serán sancionados con presidio
menor en su grado medio a máximo.
EL COMENTARISTA OPINA
¿Cómo puedo ser parte del Comentarista Opina?