ANTOFAGASTA.- La Corte de Apelaciones de Antofagasta autorizó el desalojo y posterior demolición, incluso con la ayuda de la fuerza pública si es necesario, de un inmueble que alberga a un hotel y varios locales comerciales en la ciudad de Tocopilla y que está siendo utilizado por sus propietarios, pese a que tiene detectados serios daños estructurales producidos por el terremoto que afectó la zona norte el 14 de noviembre pasado.
En fallo unánime la Sala de Verano del tribunal de alzada acogió un recurso de protección presentado por la Corporación de Fomento a la Producción (Corfo) en contra de Desanka Vucina Ravello, propietaria del Hotel Vucina y dos inmuebles colindantes que continúan siendo habitados, pese a que presentan daños que recomiendan su demolición.
El tribunal de alzada consideró que la propietaria del inmueble está amenazando la garantía constitucional consagrada en el número 1 del artículo 19 de la Constitución (derecho a la vida e integridad física) de quienes se alojan en el hotel y concurren a los locales comerciales.
“Dichas actuaciones de la recurrida, sí han provocado perturbación y amenaza a la vida e integridad física y psíquica de las personas que, tanto en calidad de pasajeros concurren al Hotel tantas veces mencionado, como de clientes que efectúan compras en los locales comerciales anexos, y de aquéllas que habitan las viviendas también referidas, lo que incluye a la propia recurrida”, dice el fallo.
Agrega que “lo anterior, al haberse establecido legalmente que los inmuebles amenazan ruina por el mal estado y deterioro sufrido a consecuencia del terremoto mencionado, y por ende, deben ser demolidos, disposición que no ha sido acatada por la recurrida, quien ha continuado con la explotación del establecimiento hotelero de su propiedad, de los locales comerciales aledaños y con el uso de las viviendas ubicadas en ese lugar, poniendo en peligro la vida de las personas que allí concurren o habitan”.
Además, Corfo y Desanka Vucina Ravello mantienen un litigio judicial desde 1992 por los inmuebles, sin embargo la Corte de Antofagasta afirma que ese proceso no tiene nada que ver con la medida que se recomienda y rechaza los argumentos de la recurrida que argumenta que con la orden de desalojo y demolición se pretende resolver el proceso pendiente.
“Asimismo, es preciso consignar que no obsta al conocimiento del presente recurso el que exista medida precautoria decretada en causa Rol N° 64-92, del 10° Juzgado Civil de Santiago, por no incidir en estos antecedentes y ser materia de otro asunto, cuyo pronunciamiento en su oportunidad efectuará la Excma. Corte Suprema”, dice el fallo.