Daniel Menco falleció en una protesta universitaria en 1999. En la foto, la reconstitución de su muerte.
Mauricio Palma, El MercurioSANTIAGO.- La Corte de Apelaciones de Arica ratificó el dictamen que condenó al Fisco pagar una indemnización de $280 millones a los padres y hermanos del joven universitario Daniel Menco Prieto, quien falleció en 1999 tras recibir un disparo efectuado por Carabineros durante una protesta en la Universidad de Tarapacá, en Arica.
En fallo unánime, el tribunal de alzada ratificó el dictamen del Segundo Juzgado de Letras de Arica, que ordenó pagar $180 millones a los padres de la víctima y $50 millones a cada uno de sus hermanos como indemnización por el daño moral que les provocó la muerte del estudiante.
La resolución establece que al Estado chileno le cabe responsabilidad por el actuar "negligente" de Carabineros, que reprimió con armas indebidas la protesta.
"Los funcionarios de Carabineros que intervinieron en los sucesos dañinos, en especial (el mayor) Norman Vargas Aragón, actuaron en forma negligente, sin adoptar el cuidado debido en una actividad de máximo riesgo", indica el dictamen, afirmando que "en ningún caso debió usarse ese tipo de proyectiles para el control de la manifestación".
Por este motivo, concluye que "ha existido falta de servicio por parte del Estado de Chile, pues la organización estatal no funcionó como debía al momento de velar por la mantención del orden público, ya que lo hizo en forma negligente, antijurídica (...) En consecuencia, el Estado debe responder directamente por esa actuación".
La muerte del joven ocurrió el 19 de mayo de 1999, luego de que un amplio contingente de Carabineros llegara a disolver una violenta manifestación en las afueras de la Universidad de Tarapacá.
En ese momento, el Mayor Norman Vargas efectuó un disparo en dirección al interior de la sede universitaria, a pesar de que no tenía buena visibilidad. La bala impactó en el cráneo del Daniel Menco, quien estudiaba Auditoría.
Cabe recordar que en el aspecto penal, la Corte Suprema rechazó, en el año 2005, los recursos de casación presentados en contra de la sentencia de la Corte Marcial, que condenó al mayor Norman Vargas Aragón a 3 años de presidio remitido, como responsable del cuasidelito de homicidio del estudiante.