SANTIAGO.- La Corte Suprema revocó el sobreseimiento dictado por el Séptimo Juzgado de Garantía -y ratificado por la Corte de Apelaciones de Santiago- en caso de intercepción de las comunicaciones telefónicas de un abogado y su cliente.
En fallo unánime, el máximo tribunal del país acogió el recurso de queja presentado en el caso que afectó al abogado Carlos Cortés Guzmán.
La sentencia determina que hubo falta grave del juez y los ministros al dictar la resolución que determinó el sobreseimiento de César Bórquez Bórquez, quien fue acusado de infracción al artículo 161-A por la intercepción ilegal de comunicaciones.
"La prohibición de interceptar las comunicaciones entre el imputado y su abogado reconoce como única excepción en el Código Procesal Penal, la orden de un juez de garantía, por estimar fundadamente que el abogado pudiere tener responsabilidad penal en los hechos investigados, excepción que no concurre en este caso", dice el fallo.
Aún más se señala que "la conversación habida entre el imputado y su abogado fue interceptada, grabada y difundida posteriormente, al ser reproducida por escrito en un informe policial por el mismo autor de la interceptación" y rechaza el cierre y ordena volver a indagar los hechos a la Fiscalía Centro Norte.