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Carabineros recuerda que izamiento de bandera es obligatorio para Fiestas Patrias

Incumplimiento origina infracciones que se cursan en los juzgados de policía local de cada comuna.

20 de Mayo de 2013 | 10:39 | UPI
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Mario Muñoz, El Mercurio

SANTIAGO.- Carabineros, con motivo de la conmemoración de las Fiestas Patrias, 18 y 19 de septiembre, recordó que el izamiento de la bandera es obligatorio e informó sobre la forma correcta de instalar el emblema nacional para no incurrir en errores.

Durante los días de aniversario patrio, el embanderamiento de casas, edificios e industrias es obligatorio, razón por la cual la policía uniformada solicita a las personas que acaten la norma jurídica que señala tal imposición, la que se establece en el Decreto Supremo número 1534 del 18 de octubre de 1967 y cuyo incumplimiento origina infracciones que se cursan en los juzgados de policía local de cada comuna.

Se debe colocar al tope del mástil y no a media asta o en posición que la haga ver desmedrada. La bandera tiene que ser enarbolada en un asta de color blanco, y en caso de contar con este elemento se puede colocar extendida en forma vertical u horizontal.

En ambos casos, el cuadro azul debe quedar en la parte superior y la izquierda del espectador.

Si el pabellón patrio se encuentra junto a otros extranjeros, el nacional no debe ser de tamaño inferior a los demás ni ser colocado a una altura menor.

Cabe recordar que el año recién pasado, el 16 de septiembre de 2011, el Presidente Sebastián Piñera promulgó la Ley N° 20.537 "Sobre el uso e izamiento del Pabellón Patrio", que permite izar la bandera nacional sin previa autorización, durante todos los días del año, cuidando siempre de resguardar el respeto de la misma y de observar las disposiciones que reglamenten su uso o izamiento. Sin perjuicio de ello, seguirá siendo obligatorio izarla en las oportunidades o efemérides que determine el reglamento.

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