SANTIAGO.- Carabineros, con motivo de la conmemoración de las Fiestas Patrias, 18 y 19 de septiembre, recordó que el izamiento de la bandera es obligatorio e informó sobre la forma correcta de instalar el emblema nacional para no incurrir en errores.
Durante los días de aniversario patrio, el embanderamiento de casas, edificios e industrias es obligatorio, razón por la cual la policía uniformada solicita a las personas que acaten la norma jurídica que señala tal imposición, la que se establece en el Decreto Supremo número 1534 del 18 de octubre de 1967 y cuyo incumplimiento origina infracciones que se cursan en los juzgados de policía local de cada comuna.
Se debe colocar al tope del mástil y no a media asta o en posición que la haga ver desmedrada. La bandera tiene que ser enarbolada en un asta de color blanco, y en caso de contar con este elemento se puede colocar extendida en forma vertical u horizontal.
En ambos casos, el cuadro azul debe quedar en la parte superior y la izquierda del espectador.
Si el pabellón patrio se encuentra junto a otros extranjeros, el nacional no debe ser de tamaño inferior a los demás ni ser colocado a una altura menor.
Cabe recordar que el año recién pasado, el 16 de septiembre de 2011, el Presidente Sebastián Piñera promulgó la Ley N° 20.537 "Sobre el uso e izamiento del Pabellón Patrio", que permite izar la bandera nacional sin previa autorización, durante todos los días del año, cuidando siempre de resguardar el respeto de la misma y de observar las disposiciones que reglamenten su uso o izamiento. Sin perjuicio de ello, seguirá siendo obligatorio izarla en las oportunidades o efemérides que determine el reglamento.