SANTIAGO.- Campanario Suspiro Limeño. Ese es el foco de conflicto que mantiene enfrentados hoy a CCU -a través de su filial Compañía Pisquera de Chile (CPCh) - y al gobierno peruano. Si bien la marca es de pisco, la disputa no obedece a ese aspecto, sino al tradicional postre, y es por esa razón que el país vecino acaba de llevar a la firma local a la Corte Suprema.
La historia, sin embargo, tiene ya más de tres años. En enero de 2012, la CPCh solicitó el registro de su marca Campanario Suspiro Limeño ante el Instituto Nacional de Propiedad Industrial (Inapi), consigna "El Mercurio".
En la oportunidad, la República del Perú -a través de su embajada- presentó su oposición, argumentando que "suspiro limeño" es un concepto que no puede registrarse porque es un postre típico y el consumidor podría confundirse.
La pisquera, en tanto, explicó que la marca sí es registrable, ya que corresponde a un concepto que está arraigado en todas partes y no
solo en Perú. Agregó que es imposible inducir a error al consumidor y
que, de hecho, ya tienen marcas registradas con postres, como Campanario Tres Leches, con las que no ha habido problemas.
Finalmente, en noviembre de 2014, el organismo falló a favor de la pisquera -representada por el socio del estudio Silva & Cía Abogados, Juan Pablo Silva-. No obstante, el país vecino -que trabaja con el abogado Ignacio Martínez- apeló ante el Tribunal de Propiedad Industrial. La resolución -dada a conocer en abril pasado- reafirmó lo dicho por Inapi.
"El signo pedido es suficientemente distintivo y no inducirá a confusión, error o engaño en el público usuario, de manera que corresponde confirmar la sentencia apelada", señaló el fallo. Pese a ello, la República del Perú optó por seguir adelante. El 15 de mayo, el país presentó el recurso de casación en el fondo ante la Corte Suprema. Ahora debe ser visto por el máximo tribunal y esperar algunos meses a que resuelva.
Esta no es la primera vez que el gobierno peruano objeta el registro de la marca Suspiro Limeño. Soprole debió enfrentar el mismo proceso.
En 2005, el país vecino decidió interponer acciones legales para impedir el registro del concepto, solicitado por la firma láctea.
En su explicación, Perú aseguró que su oposición respondía a que era un nombre genérico correspondiente a un postre peruano, sobre el que no se podía otorgar propiedad a ninguna empresa en particular.
El ministro de la Producción de Perú de la época, David Lemor, llegó a calificar el actuar de Soprole como una provocación.
Finalmente, se siguieron todas las instancias legales correspondientes, y en 2012 la Corte Suprema autorizó la inscripción, ya que consideró que no se prestaba para confusión. Aunque reconoció que el postre era peruano.