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Indicaciones a Reforma Laboral del Gobierno incluyen los "servicios mínimos" en caso de huelga

La ministra del Trabajo, Ximena Rincón, afirmó que las indicaciones no alteran la esencia de lo que ya fue aprobado en la Cámara de Diputados, pese a que se flexibilizará prohibición de reemplazo de trabajadores, lo que es rechazado por el PC.

09 de Diciembre de 2015 | 20:41 | Aton
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Jonathan Mancilla, El Mercurio
SANTIAGO.- El gobierno ingresó hoy al Congreso las indicaciones del Ejecutivo a la Reforma Laboral, entre las que destaca el mecanismo de "servicios mínimos" en caso de huelga legal en una empresa.

Al respecto, la ministra del Trabajo, Ximena Rincón, afirmó que las indicaciones "son el producto de un intenso proceso de diálogo, por lo que entre todos hemos ido construyendo el camino hacia más justicia laboral y social".

Destacó el trabajo del gobierno, los parlamentarios y gremios para "avanzar efectivamente en la modernización de las relaciones laborales y mejorar aspectos de nuestra legislación que no se condicen con la realidad actual del mundo del trabajo".

También afirmó que las indicaciones no alteran la esencia de lo que ya fue aprobado en la Cámara de Diputados.

En el caso de los servicios mínimos, dijo, se establece un procedimiento más expedito para la conformación de los equipos de emergencia, pero no se altera que éstos sean provistos de común acuerdo entre el empleador y los sindicatos, ni que sea la Dirección del Trabajo la que los defina en caso de desacuerdo.

Agregó que tampoco se altera el principio de que los servicios mínimos no pueden afectar la esencia del derecho a huelga.

Respecto al quórum en la constitución de sindicatos para las micro y pequeñas empresas, éste se mantiene en ocho trabajadores, aunque se agrega como requisito que el sindicato represente al menos el 50% de los trabajadores de la empresa para constituirse. No obstante, se mantienen los que ya están establecidos con anterioridad.

Por último, en las indicaciones informadas hoy se establece una gradualidad de dos años para que entren en vigencia los pactos de horas extraordinarias; y se repone la gradualidad de quórum para el resto de los pactos (50% de sindicalización en la empresa para los primeros dos años; 30% en régimen).
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