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¿Cómo es la ley promulgada que pone más responsabilidades a los proyectos inmobiliarios?

La nueva normativa de Aporte al Espacio Público establece mecanismos para que las obras de construcción de viviendas efectúen mitigaciones para las comunas donde se emplazarán.

06 de Octubre de 2016 | 10:00 | Emol
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SANTIAGO.- La Presidenta Michelle Bachelet promulgó este jueves la Ley N°20.958 de Aportes al Espacio Público, el cual establece nuevas responsabilidades y mecanismos para que los proyectos inmobiliarios efectúen mitigaciones directas y aportes al espacio público de las comunas en las cuales se emplazan.

"Naturalmente, y por la complejidad de alcance, esta ley requiere de un reglamento específico que va estar dictado en un plazo máximo de seis meses y 18 meses después entra en vigencia la ley. En otras palabras, el 2019 ya todos los proyectos inmobiliarios van a estar contribuyendo de manera adecuada y proporcional a los espacios públicos dentro de los cuales se insertan", indicó la Mandataria durante la ceremonia.

"Promulgamos esta Ley de Aporte al Espacio Público porque necesitamos ciudades que crezcan armoniosamente, pero no sólo en Santiago, sino en todo el país. Necesitamos construir muchas obras con sentido de vida en común donde se respete a los habitantes, donde se pueda circular fluidamente con distintos medios de transporte y donde también hayan espacios de encuentro. Las ciudades son muchos más que la suma de edificios, de viviendas, de establecimientos comerciales (...) deben ser un espacio de intereses que deben responder a las necesidades para el desarrollo humano", añadió.

¿De qué se trata esta ley?


Tanto las obras de mitigación directa como los aportes al espacio público deben respetar tres principios fundamentales establecidos por la ley:

- Universalidad: Todos los proyectos inmobiliarios públicos y privados deberán mitigar y/o aportar.

- Proporcionalidad: Las mitigaciones y aportes deberán ser equivalentes a las externalidades efectivamente generadas por el proyecto y no se harán cargo de los déficits históricos de infraestructura. Los aportes se ajustarán a la densidad y el destino del proyecto.

- Predictibilidad: Las mitigaciones y aportes se calcularán según métodos objetivos y en base a procedimientos y plazos predefinidos y estandarizados. La administración velará porque se conozcan en forma oportuna las obras y aportes que se exigirán.

Estos principios se aplicarán a los dos propósitos que se busca lograr mediante esta norma:

- Mitigaciones directas: medidas relacionadas con la gestión e infraestructura del tránsito, incluyendo transporte público y privado y los modos no motorizados, y sus servicios conexos (incluye pistas exclusivas para buses, terminales, paraderos, semaforización, señalización, ciclovías, entre otros). El objetivo es que el área de influencia mantenga sus estándares en un nivel semejante al existente.

- Aportes al espacio público: Entrega de dinero, en base a una tabla que considera el destino y la densidad del proyecto, hasta por el equivalente al 44% del avalúo fiscal del terreno. Es una alternativa para dar cumplimiento a la obligación de ceder terrenos para vialidad, equipamiento y áreas verdes que establece la Ley General de Urbanismo y Construcción, respecto de los proyectos de crecimiento urbano por densificación.
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