Jonathan Mancilla, El Mercurio
SANTIAGO.- La Sala de la Cámara de Diputados aprobó la moción que permite mejorar el procedimiento actual de calificación de trabajo pesado, con el objeto de extender sus efectos para evitar que el trabajo en régimen de subcontratación o suministro de personal sea un factor de incumplimiento de las obligaciones de seguridad y salud de los trabajadores tercerizados.
La subsecretaria de Previsión Social, Jeannette Jara, valoró la aprobación de la iniciativa y explicó que con la nueva normativa "la calificación de trabajo pesado de un determinado puesto de trabajo, produzca efectos, ya sea que este se desempeñe por trabajadores directos de la empresa o contratados bajo régimen de subcontratación o suministro de personal".
Asimismo, la subsecretaria indicó que se resguarda que las modificaciones a la propiedad de la empresa, no afecten la calificación de un puesto de trabajo como pesado ya efectuada.
Agregó que lo anterior "se encuentra a tono con las modificaciones introducidas por la Ley que moderniza el sistema de relaciones laborales, fortaleciendo el rol de los sindicatos, ya que les concede la acción de reclamación contra las resoluciones de la Comisión Ergonómica Nacional".
Jeannette Jara afirmó que "con esta iniciativa legal se da un paso más en la implementación de la Política Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, recientemente promulgada por la Presidenta de la República, pues mediante su enfoque preventivo nos obliga a evitar el desarrollo de actividades que aceleren el desgaste de quienes los realizan, y de no ser posible, a generar los incentivos normativos para mitigar sus efectos".
Calificación de trabajo pesado
Se considera trabajo pesado aquellas labores que aceleran el desgaste físico, intelectual o psíquico de quienes las realizan, provocando un envejecimiento precoz, y su calificación obliga a los trabajadores afiliados al Sistema de AFP, a efectuar un aporte de cargo del empleador y del trabajador, equivalente a un 2% o a un 1% de su remuneración imponible, de acuerdo al desgaste relativo que ocasione el trabajo pesado.
Adicionalmente, los afiliados obtienen una rebaja de edad para pensionarse por vejez de dos años por cada cinco que hubieren efectuado la cotización adicional del 2%, con un máximo de diez años de rebaja, y de un año por cada cinco trabajados, con un máximo de cinco años, si la cotización hubiere ascendido al 1%.
El requerimiento de calificación de una labor como trabajo pesado puede ser efectuado por el trabajador, el empleador, el sindicato y debe ser presentado ante la Superintendencia de Pensiones o la Secretaría Regional Ministerial del Trabajo y Previsión Social correspondiente a cada región, remitiéndose la solicitud posteriormente a la Comisión Ergonómica Nacional, encargada de evaluar la solicitud y entregar respuesta.