Hoy se publicó en el
Diario Oficial el decreto que permite la apertura de fronteras para la llegada de extranjeros al país, luego que el Gobierno decretara su cierre en marzo pasado.
Según el documento, la medida comenzará a regir desde las 00:00 horas del próximo 23 de noviembre y regirá solo para los arribos de personas al Aeropuerto de Santiago (AMB).
Se trata de una medida ampliamente solicitada por los actores del turismo, debido a que la llegada de turistas podría dar un impulso mayor a la reactivación del sector, de cara a la temporada estival que se aproxima.
La subsecretaria de Salud Pública, Paula Daza, había adelantado esta semana que los viajeros que lleguen a Chile deberán mostrar un PCR negativo -con antigüedad no superior a 72 horas- lo que si bien dijo que eso "no garantiza que la persona no esté contagiada, disminuye la posibilidad de que tenga un contacto". También deberán contar con el pasaporte sanitario.
La autoridad aseguró que "el pilar más importante de todos estos es la vigilancia epidemiológica de todos los viajeros, que todas las personas se comprometan a dar a conocer en una plataforma sus síntomas, para nosotros ir trazándolos y donde se encuentran".