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Corte Suprema revoca fallo del TDLC y rechaza sistema tarifario de Transbank

El máximo tribunal indicó que el modelo propuesto por la empresa no cumple con los requisitos de tutela de la libre competencia.

09 de Agosto de 2022 | 12:59 | Por Tomás Molina J., Emol
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El Mercurio
La Corte Suprema resolvió ayer revocar lo resuelto por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) hace casi un año atrás y rechazó el esquema tarifario de la empresa Transbank.

La Tercera Sala del máximo tribunal estableció que el modelo propuesto por la empresa controlada por la banca no cumple con los requisitos de tutela de la libre competencia, a falta de ineroperabilidad de todos los actores del sistema.

"Todo lo señalado hasta ahora da cuenta que el sistema tarifario propuesto por Transbank está lejos de ser uno que 'tutela la libre competencia y maximiza el bienestar de todos los actores del sistema de Tarjetas de Pago'", señala el fallo.

"Sino muy por el contrario, exacerba la posición dominante de la actora en el mercado, generando incentivos para el aumento de tarifas y el surgimiento de barreras de entrada que impiden a nuevas empresas competir eficazmente, todo lo cual se pretende por la vía obviar aquellos parámetros que, conforme a lo resuelto por esta Corte, debía cumplir de manera previa a cualquier modificación de tarifas", añadió.

Además, la Corte señaló que "a lo analizado, se unen ciertas circunstancias que, informadas por el Ministerio de Economía y el Banco Central, dan cuenta que faltan condiciones para que el sistema de pagos pueda operar de manera plena bajo el modelo de cuatro partes".

Fueron cuatro de 10 recursos de reclamación presentados en contra de la sentencia del TDLC los que fueron acogidos por la Corte Suprema, correspondientes a la Organización de Consumidores y Usuarios de Chile 8Odecu); Walmart Chile S.A.; Farmacias Ahumada S.A y Copec S.A.

"Cada día mayor acceso de la población a medios de pago electrónicos, hace que resulte importante dejar asentado que cualquier modificación tarifaria o estructural que se realice, no puede resultar más gravosa para ninguna de las partes involucradas", reflezionó el tribunal.

En otras palabras, continuó, "el respeto de las reglas que gobiernan la libre competencia, implica que eventuales modificaciones de modelo o determinaciones de precios estén precedidas de una evaluación técnica de las autoridades, que examine su pertinencia y conveniencia, velando por que los cambios tiendan a hacer más eficiente el sistema y no provoquen disrupciones que, por el contrario, afecten su normal funcionamiento, interrumpan la cadena de pagos o hagan más costosas las ventas de bienes y servicios".
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