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Foco en fondos de inversión y créditos a empresas: Hacienda presenta segundo paquete de indicaciones a reforma tributaria

El documento, presentado esta tarde por el ministro de Hacienda, Mario Marcel, incluye además modificaciones a la ley de herencias, la ordenanza de Aduanas y zonas francas.

18 de Octubre de 2022 | 16:33 | Por Ignacia Munita C., Emol
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El Mercurio
La reforma tributaria del Gobierno vive momentos clave en su tramitación legislativa, con miras a superar la valla de la comisión de Hacienda de la Cámara, instancia que este martes comenzó la discusión en particular de la iniciativa.

En esa línea, el Ejecutivo ingresó esta mañana un segundo paquete de indicaciones a la propuesta, surgidas luego de las conversaciones con asesores técnicos de parlamentarios oficialistas y de oposición, además de gremios empresariales y pymes.

Nueva ley de créditos tributarios

Entre las enmiendas, presentadas esta tarde por el ministro de Hacienda, Mario Marcel, se encuentra aquella que crea una ley de incentivo tributario a la inversión que consiste en otorgar créditos imputables al impuesto de primera categoría a proyectos de inversión en capital fijo con efecto multiplicador sobre la economía, que promuevan el desarrollo y transferencia de tecnología y/o promuevan la descarbonización de la matriz productiva

A este respecto, se señala que el proceso será adjudicado por un Comité asesor conformado por tres personas -una de ellas escogida por el Ministerio de Hacienda, otra por el Ministerio de Economía a propuesta de Corfo y una escogida por Hacienda a propuesta de la Comisión Nacional de Evaluación y Productividad-.

Los comisionados tendrán una dieta de 10 UTM por sesión con un tope de 120 UTM anuales. De esta forma, los proyectos serán evaluados de forma objetiva según cuatro criterios: inversión apalancada que es el resultado de dividir el crédito solicitado por la inversión comprometida, el efecto multiplicador sobre la economía, potencial descarbonizador y potencial para absorber adaptar y desarrollar tecnología.

Para el año 2023 se fija un monto de US$500 millones. En los años sucesivos el monto de créditos adjudicables serán definidos en la ley de Presupuesto.

Fondos de Inversión

El texto incorpora ajustes a los registros empresariales que deben controlar los fondos de inversión para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias. Esto, a través de la modificación de las obligaciones para los fondos de inversión privados que invierten en capital de riesgo para que mantengan la exención de Impuesto de primera categoría.

De esta forma, se reduce el monto de inversión en capital de riesgo del 100% al 85%, y se fija que el saldo solo pueda ser invertido en instrumentos de renta fija.

También se acorta el plazo de cumplimiento de estas obligaciones de 330 a 300 días, se modifica el tratamiento de contribuyentes de impuestos finales respecto de aportantes de fondos de inversión públicos y privados que inviertan en capital de riesgo distinguiendo si la utilidad pago o no impuesto de primera categoría.

El texto original establecía que las remesas de utilidades hacia el exterior tributaría con el régimen general de Impuesto a la Renta, según el tramo de ingresos respectivo. Ahora, los ajustes establecen dos tasas: una de 14% para las ganancias anotadas en el registro de Utilidades Acumuladas (RUA), que ya tributaron en Chile o en el exterior; y de 35% en el caso de las anotadas en el Registro de Diferencias Temporales (RDT), para las ganancias pendientes de pagos de gravámenes.

A su vez, establece que para los contribuyentes fondos de inversión domiciliados o con residencia en Chile las utilidades estarán afectas al nuevo impuesto a las rentas de capital, con una tasa de 22%.

Otras modificaciones

Respecto de del impuesto a la herencia, se ajusta la norma de valoración considerando los cambios introducidos en la ley de impuesto a la riqueza.

En cuanto la zona franca, se introducen enmiendas que aclaran el tratamiento tributario y forma de registrar las utilidades que se deben realizar respecto de las utilidades generadas en las zonas francas y gozan de la exención del impuesto de primera categoría.

Y en el caso de la ordenanza de Aduanas, se realizan ajustes que armonizan cambios en materia de notificaciones por correo electrónico y procedimientos judiciales.
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