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Con efectos generales, devoluciones y tope de alza: Corte Suprema alista fallo por alza de precio de prima GES

La decisión fue por cuatro votos contra uno. La disidencia corresponde a la ministra Ángela Vivanco.

09 de Agosto de 2023 | 18:54 | Por C. Carvajal y A. Chaparro, El Mercurio
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El Mercurio
A mediados de julio las isapres presentaron sus alegatos en la Tercera Sala de la Corte Suprema por los miles de recursos de protección presentados por afiliados, que piden detener el alza aplicada en el precio de la prima por Garantías Explícitas en Salud (GES) y que se devuelvan los montos cobrados estos meses.

Los ministros Sergio Muñoz (presidente), Adelita Ravanales (redactora), Mario Carroza, Jean Pierre Matus y Ángela Vivanco, quienes revisaron los recursos y escucharon las alegaciones de las aseguradoras, adoptaron un acuerdo —el 4 de agosto pasado— y alistan los 15 fallos.

Según publicó El Mercurio, en la mayoría estarían los ministros Muñoz, Ravanales, Carroza y Matus. En la minoría, Vivanco.

El incremento es un reajuste contemplado por ley que se realiza cada tres años. El último fue en octubre de 2022, cuando en total las aseguradoras informaron un promedio de cobro de 1,05 UF (unos $36 mil). De esta manera, el aumento promedio fue de 48,7% con respecto al proceso anterior (0,7 UF).

De acuerdo las isapres —como expusieron en sus alegatos— alterar los precios GES a varias de ellas les impediría seguir funcionando.

La decisión de los ministros



El voto de mayoría establecería un tope de 7,4 UF anuales, efectos generales —para todas las isapres, como ocurrió con los fallos relativos a la tabla de factores del año pasado— y ello traería consigo una devolución para los usuarios de lo cobrado en exceso.

La disidencia estaría por fallar solo contra las isapres que superen el 50% del reajuste GES y plantearía que el efecto de las sentencias corresponde solo respecto de las personas que recurrieron al máximo tribunal.

Clave en sentencias anteriores



Una de las claves de la decisión vendría anticipada en fallos de la misma sala de la Corte Suprema sobre esta materia en años anteriores. Desde 2019 —incluso unos años antes— se conocieron pronunciamientos que ya iba dando un giro a lo que usualmente resolvía la Corte Suprema.

La Corte desde entonces comenzó a dar una especial consideración a la Prima Universal, pues el Art. 11 de la Ley 19.966 establece que las GES "no podrán generar un costo esperado individual promedio pertinente, del conjunto de los beneficiarios del Fondo Nacional de Salud y las Instituciones de Salud Previsional, estimado para un período de 12 meses, significativamente diferente de la Prima Universal que se haya establecido".

El máximo tribunal también se había pronunciado sobre GES (2019), con resultado desfavorable para las isapres, pero su aplicación fue solo respecto de quienes recurrieron a la justicia, y no del total de afiliados.

Prima universal



La Prima Universal Anual en 2022 fue fijada en 4 UF, lo que equivale a 0,333 UF mensuales. Por su parte, el precio mensual promedio propuesto por las isapres abiertas era de 0,9 UF.

Tras el alza del año pasado, el cobro promedio de las isapres es de 1,05 UF mensuales, o sea, 12,6 UF anuales, lo que —según la Corte— no estaría en la línea de la ley y su frase que indica que el aumento no puede ser "significativamente diferente de la Prima Universal que se haya establecido".

Ahora, el Estudio de verificación de Costos Individual Promedio por Beneficiario (EVC) informó, en 2022, que el costo esperado individual promedio para beneficiarios de isapre —corregido— sería de 7,183 UF para las isapres —casi 7,2 UF—, lo que corresponde a 0,6 UF mensuales.
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