La autoridad sanitaria clausuró el supermercado "Ricos Pollos" mientras que el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) presentó una denuncia en contra del establecimiento ubicado en la comuna de Romeral, región del Maule, por el mal estado de las carnes comercializadas al interior del local.
Según el Sernac, el propósito de su acción es que se apliquen las máximas multas por haber infringido el derecho a la seguridad en el consumo y el deber de profesionalidad establecido en la Ley del Consumidor (LPC).
La decisión de interponer esta denuncia se tomó luego de analizar el informe elaborado por la Seremi de Salud del Maule, junto con revisar los antecedentes recopilados tras la declaración realizada ante Sernac, por parte del representante legal del supermercado.
El director regional (s) del Sernac, Andrés Salas, indicó que mediante esta denuncia "buscamos que la justicia aplique el máximo de las multas a la empresa ante los graves hallazgos detectados, los que claramente pusieron en riesgo la salud y la seguridad de los consumidores".
El informe elaborado por la Seremi de Salud estableció una serie de hallazgos por parte del supermercado, entre ellos, diferentes tipos de carne con hongos y con mal olor; presas de pollos adobadas y congeladas sin rotulación; tutos de pollo descongelándose en un lavaplatos; y personal con ropa sucia y sin elementos de protección, entre otros.
Ante estos hallazgos, la autoridad sanitaria determinó la clausura del supermercado, junto con confiscar y eliminar 1.200 kilos de carne que se encontraba en mal estado.
Por su parte, durante la declaración ante Sernac, el representante legal del supermercado, reconoció varios hallazgos levantados por la autoridad sanitaria, y si bien la investigación desde el punto de vista sanitario aún no ha concluido, los antecedentes recopilados permiten establecer graves incumplimientos que pusieron en riesgo la salud de los consumidores.
La empresa arriesga una multa de hasta 600 UTM, esto es, cerca de $40 millones.
La Ley del Consumidor establece que las personas tienen derecho a la seguridad en el consumo, lo que implica que las empresas no pueden comercializar productos que puedan poner en riesgo su salud.
Además, la norma establece que los proveedores deben ser profesionales en la prestación de los servicios, y comenten infracción cuando, actuando con negligencia, causan menoscabo debido a fallas o deficiencias de calidad o seguridad.