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Juez argentino falla contra restricciones a retiro de depósitos

El magistrado Martín Silva Garretón consideró que estas medidas "no encuentran antecedentes en la historia económica de la Nación", por lo que ordenó suspender el artículo específico del decreto que impone límites al retiro de dinero en los casos que se trate de remuneraciones.

04 de Diciembre de 2001 | 19:21 | EFE
BUENOS AIRES.- Un juez argentino falló hoy en contra de las restricciones que impiden a los trabajadores disponer de sus salarios completos y en efectivo, lo que representa el primer traspié para el plan diseñado por el Gobierno para evitar una fuga masiva de depósitos.

El juez Martín Silva Garretón falló a favor de la diputada Alicia Castro, quien pidió una medida cautelar contra la disposición que limita a 250 pesos por semana el monto de las extracciones que los argentinos pueden hacer de los bancos, incluso cuando se trata de sus salarios.

La decisión judicial sólo ampara la demanda presentada por Castro y seguramente será apelada por el Gobierno, aunque sienta un precedente para futuras reclamaciones en igual sentido.

El magistrado consideró que estas medidas "no encuentran antecedentes en la historia económica de la Nación", por lo que ordenó suspender el artículo específico del decreto que impone límites al retiro de dinero en los casos que se trate de remuneraciones.

"No puede soslayarse que la complejidad de la instrumentación de las medidas que el decreto prevé implican dificultades y demoras que pueden colocar a asalariados, jubilados y pensionados en el sistema de mora en el cumplimiento de obligaciones contraídas con anterioridad", señaló Silva Garretón.

Añadió que tampoco hay argumentos suficientes para demostrar que estas disposiciones son el "medio adecuado" para evitar los "perjuicios mayores" mencionados por el Gobierno a la hora de poner en marcha el sistema.

Las disposiciones oficiales limitan a 250 pesos (o dólares) el máximo que se puede sacar de los bancos por semana, aunque los propietarios de las cuentas corrientes o cajas de ahorro están habilitados para cancelar otras obligaciones con el uso de cheques, tarjetas de crédito o de débito o transferencias.

De manera que el "dinero grande" puede moverse, pero dentro del sistema financiero durante 90 días.

"Medidas de esta naturaleza sólo pueden compararse con las restricciones que, respecto de la libertad física, pueden disponerse previa declaración del estado de sitio", sostuvo el juez.

Según su fallo, "en principio, el procedimiento propuesto por el Poder Ejecutivo Nacional para afrontar los efectos de la crisis descrita no resiste -tratándose de salarios- el cotejo con el articulado de la Constitución Nacional".
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