Las mujeres han estado subiendo su participación en la fuerza de trabajo.
El MercurioSANTIAGO.- Modesto es el balance de la aplicación de la ley 20.348, sobre igualdad salarial entre hombres y mujeres que desarrollen una misma función, según los antecedentes entregados hoy por un estudio de la Dirección del Trabajo .
Hasta la fecha del estudio- fines del año pasado- se habían registrado sólo 12 reclamos, denuncias y consultas en virtud de la normativa, aunque se precisó que otro tanto pudo no haber pasado los requisitos de admisibilidad, pudieron canalizarse por vías distintas a las que establece la ley o simplemente fueron solucionados al interior de la empresa, sin llegar a formalizarse como reclamo.
La investigadora, Verónica Riquelme, reconoce no obstante, que es evidente que se requiere una mayor difusión de la norma, porque hasta la fecha las empresas y los propios trabajadores han estado conociendo parcialmente la aplicación de la normativa.
La citada ley fue promulgada el 19 de diciembre del año 2009, en su parte medular; y el 19 de enero de 2010 en su acápite referido a la obligación de las empresas de más de 200 trabajadores contar con un registro de descripción de cargos y funciones.
Según lo señalado en el estudio, pese a los bajos reclamos ya se registran casos de empresas que no han cumplido con la obligación de la descripción de cargo y funciones, cuestión que resulta fundamental para poder ejercer acciones ante la ley, en virtud de una situación considerada discriminación por género en la determinacion del salario.
Este tema ha adquirido importancia debido a que la mujer ha ido adquiriendo una creciente participación en la fuerza de trabajo, la que pasó de 30,9% en los años 90 a 41,3% en el año 2009. A ello se agrega que- en el mismo lapso- su aporte a los ingresos del hogar han subido de 28,7% al 38,6%.
Según el análisis de la Dirección del Trabajo, lo que ocurre también es que muchas denuncias son presentadas una vez terminada la relación laboral.
Las denuncias presentadas corresponden a los sectores bancario, de servicios, comercio (supermercados y grandes tiendas) y transporte.
Al comentarse una serie de limitaciones de la legislación se indica que la ley habla de un mismo "trabajo" y muchas veces ocurre que hombres y mujeres desarrollan trabajos distintos por su propia condición de genero, lo que limita las comparaciones. Asimismo, el tope establecido en 200 empleados hace que una cantidad importante de mujeres no puedan invocar la normativa y por último, siempre está la difultad de llegar a conocer los salarios de los demás trabajadores dado que esa información se considera "privada".
Por lo mismo, se propone que en realidad la aplicación de la ley pueda ser materia de la negociación colectiva, a fin de abordar de manera colectiva el tema, lo que evita el temor a presentar denuncias. ya habrian dos casos en que el tema ha pasado a ser una cláusula en el contrato de negociación colectiva, lo que facilita su aplicación.
El procedimiento establecido para estampar denuncias en virtud de la ley respectiva, es que la mujer que se sienta afectada presente su situación a su empleador y en caso de recibir una respuesta que considera insatisfactoria, haga la respectiva presentacion ante la Inspeccion de Trabajo. Esta última puede establecer un proceso de mediación, que solucione el tema sin necesidad de llegar a instancias legales, aunque la denunciante siempre tiene la posibilidad de recurrir a éstas.
Los análisis sobre las diferencias de salarios entre hombres y mujeres, para el desarrollo de iguales funciones, también relevan que hoy las mujeres lideran un tercio de los hogares del país (un 33,1%), como jefas de hogar, según la encuesta Casen 2009, porcentaje que sube al 47,9%- es decir a casi a la mitad de los hogares-, en el caso de los segmentos más pobres de la población.
Las diferencias entre hombres y mujeres a la hora de recibir una remuneración, en términos de promedio hora de asalariados- que eran la mitad en los años 60, es decir los hombres ganaban el doble, tratándose de funciones similares- se han reducido a 20% en los 90 y a 15,9% en el 2009, según cifras de Mideplan. Sin embargo, a medida que suben los niveles educacionales, las diferencias se acrecientan, llegando al 35% de diferencia, en los casos de mujeres universitarias y con postgrados. En el caso de la educación básica o primera las diferencias sólo llegan a 13,9%.
Algo similar ocurre con las condiciones socioeconómicas, es decir, la diferencia aumenta a medida que sube la situación económica de la mujer.
Hay estimaciones que indican que una disminución en las brechas salariales de género implicaría en Chile "una reducción del 8% de la extrema pobreza y un aumento del 2% en el ingreso per capita promedio", según estudios del Sernam.