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SBIF multa a la auditora PwC con más de $101 millones por caso La Polar

La sanción se debe al incumplimiento de sus funciones respecto a los informes que debía entregar de la sociedad emisora y operadora de tarjetas de crédito de la multitienda, SGC.

18 de Abril de 2012 | 16:06 | Valor Futuro
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El Mercurio (Archivo).

SANTIAGO.- La Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (SBIF) resolvió aplicar una sanción de multa equivalente a UF 4.500 (poco más de $101 millones) a la empresa auditora PricewaterhouseCoopers (PwC), por incumplimiento a lo establecido en el Artículo 248, inciso 1º de la Ley 18.045.


"La sanción se funda en el incumplimiento de sus funciones en la elaboración del 'Informe de Procedimientos Acordados' de Inversiones SCG, sociedad emisora y operadora de tarjetas de crédito fiscalizada por esta Superintendencia, cuya matriz es Empresas La Polar", indicó en un comunicado.


La entidad recordó que la normativa vigente para los emisores de tarjetas de crédito no bancarios contempla la elaboración por parte de auditores externos de reportes anuales (denominados Informes de Procedimiento Acordados) que den cuenta del funcionamiento de la empresa objeto de revisión y que posteriormente son enviados a la SBIF.


"Estos informes deben elaborarse con la debida diligencia y su contenido debe ser veraz, completo y objetivo para permitir así la debida fiscalización, todo ello de acuerdo con las normas que se aplican a los auditores externos inscritos en la SBIF", acotó.


Antecedentes


Durante el año 2011 y frente a la situación financiera de Empresas La Polar, la SBIF concurrió a las dependencias de Inversiones SCG. En dicha diligencia se verificó el contenido del Informe de Procedimientos Acordados elaborado por PwC para esa emisora, correspondiente al año comercial 2010.


A la luz de los antecedentes recabados "in situ", el organismo detectó una serie de incumplimientos y falencias en el trabajo realizado por PwC en SCG. "En lo fundamental, la auditora omitió aspectos relevantes y/o no formuló excepciones relativas a riesgos de créditos, renegociaciones, provisiones e independencia de la auditoría interna", puntualizó.


Así, la sanción a PwC se basa en los antecedentes recabados en la etapa de revisión previa a la formulación de cargos de 21 de septiembre de 2011 así como en el análisis de los descargos y las pruebas presentadas por la empresa auditora, garantizando el cumplimiento del debido proceso establecido por el marco jurídico vigente.


Cabe consignar que contra la aplicación de la multa impuesta, o su monto, PwC puede reclamar mediante el recurso establecido en el artículo 20 de la Ley General de Bancos, el que debe ser interpuesto ante la Corte de Apelaciones de Santiago dentro del plazo de diez días contado desde el entero de la multa, siempre que dicho entero se haya efectuado dentro del plazo indicado anteriormente.



 

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