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Comercios que no respeten restricciones de apertura podrían pagar hasta $800 mil de multa

Las multas son por cada trabajador sorprendido trabajando en forma ilegal y se diferencian de acuerdo al número de trabajadores con el que cuente cada empresa.

31 de Diciembre de 2012 | 10:09 | Valorfuturo
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Los comercios que sean atendidos por sus propios dueños pueden ser abiertos sin problemas.

Héctor Flores, El Mercurio

SANTIAGO.- La Dirección del Trabajo (DT) recordó que este lunes 31 y el martes 1 de enero, el Comercio de todo el país deberá respetar limitaciones legales de funcionamiento, tal como ocurrió una semana atrás, con ocasión de Navidad.


En efecto, este lunes el Comercio deberá estar cerrado a las 20 horas, y el martes no podrá funcionar durante todo el día por ser feriado irrenunciable, salvo que los locales sean atendidos por sus propios dueños o familiares directos.


Quienes no respeten la disposición legal (vigente desde 2007) arriesgan el pago de multas de 5 UTM (unos $ 200.000), 10 UTM ($ 400.000) o 20 UTM ($ 800.000). La cantidad de UTM depende de si la empresa tiene, respectivamente, de 1 a 49 trabajadores, 50 a 199, o 200 y más. A diferencia de la mayoría de las infracciones contempladas en el código laboral, éstas implican sanciones por cada trabajador sorprendido en infracción.


Durante el 24 y 25 de diciembre, el acatamiento a ambas restricciones fue, en general, casi completo, aplicándose sólo 8 multas por un total de $4.422.660, todas correspondientes a pequeños locales que eran atendidos por trabajadores.

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