SANTIAGO.- El Servicio de Impuestos Internos (SII) recordó este jueves que los padres podrán acceder a descuento de impuestos por gastos en educación en la declaración anual de renta 2013, que se presenta en abril.
El beneficio consiste en una suma fija anual por gastos en educación –sean estos efectivamente realizados o no- que se puede rebajar del Impuesto Único de Segunda Categoría (IUSC) y el Impuesto Global Complementario (IGC) según corresponda, en la medida que se cumplan con los requisitos que la ley establece.
Para el año tributario 2013, el crédito ascenderá a 1,76 UF ($40.200) por cada hijo, sin embargo, para el año tributario 2014 y siguientes el monto total será de 4,4 UF por cada hijo, lo que será rebajado en la declaración de renta que se presenta en abril de cada año.
Para acceder al beneficio, la suma anual de las rentas totales del padre y de la madre -que deben ser contribuyentes de los impuestos antes señalados- no debe exceder de la cantidad equivalente a 792 UF ($18.089.874). Si en conjunto exceden de dicha cantidad, ninguno de ellos tendrá derecho al citado crédito.
El beneficio aplica para hijos menores de 25 años, que estén matriculados en una institución de enseñanza pre escolar, básica, diferencial y/o media, reconocida por el Estado, y que tengan un mínimo de asistencia del 85% (o menor cuando exista algún impedimento justificado o en casos de fuerza mayor). Dicha información será proporcionada al Servicio de Impuestos Internos (SII) por los respectivos establecimientos educacionales. El crédito no aplica para estudiantes de educación superior.
Los padres, de común acuerdo, podrán optar por designar a uno de ellos como el beneficiario del 100% del crédito. Para manifestarlo, deben realizar una declaración jurada simple en Internet –la que el SII establecerá mediante una resolución- antes de la declaración anual de renta en abril. De lo contrario, cada uno de los padres podrá imputar el 50% del monto total del crédito.