SANTIAGO.- La Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) emitió hoy dos normas con la finalidad de mejorar las pensiones que entrega la industria aseguradora a través de las Rentas Vitalicias
La primera de ellas, Norma de Carácter General (NCG) N°374, que modifica la N°318, introduce cambios a las tasas de descuento utilizadas para la constitución de las reservas técnicas asociadas a las Rentas Vitalicias, reemplazando la actual TM, (tasa que se calcula sobre la base de las transacciones de papeles estatales de más de ocho años de fecha de vencimiento) por una curva o Vector de Tasas de Descuento (VTD).
Esta última se obtiene al sumar la curva cero-promedio de los últimos tres meses (se calcula en base al promedio de las transacciones de los instrumentos estatales para los distintos plazos) y un 80% del spread de instrumentos financieros con clasificación de riesgo AAA, observado en las transacciones para igual periodo.
Según la SVS, este cambio permitirá que las tasas de descuento utilizadas para determinar las reservas técnicas de las aseguradoras sean más cercanas a las tasas de descuento consideradas por estas entidades en la oferta de Rentas Vitalicias, preservando un criterio conservador.
Es decir, se pasará de una tasa de descuento libre de riesgo a una curva de tasas de descuento, generándose con ello una disminución en la constitución de las reservas técnicas que las compañías deberán realizar para las nuevas pólizas que emitan a partir de la aplicación de la norma, pero manteniendo los necesarios niveles de resguardo financiero en dicho cálculo.
Cabe destacar que el producto de Rentas Vitalicias es uno de los más importantes de la industria aseguradora, vendiéndose en 2014 un total de 28.152 pólizas. Por ello, la disminución de las reservas técnicas se traducirá en un menor costo financiero para las compañías, lo que a su vez redundará en un efecto positivo en las pensiones a través de este producto, aspecto que será monitoreado por la SVS.
La modificación regirá en forma obligatoria para el 1° de junio del presente año, sin embargo las compañías de seguros podrán aplicarla en forma voluntaria para las pólizas que entren en vigencia a partir del 1° de marzo de 2015.
La segunda norma, NCG N°373, que modifica la NCG N°209, se relaciona con el denominado "Test de Suficiencia de Activos" que deben realizar las compañías que tienen obligaciones por Rentas Vitalicias como parte de los requerimientos de solvencia que se les aplica y que tiene como principal objetivo controlar el riesgo de reinversión de las aseguradoras que venden Rentas Vitalicias. La modificación que se introduce reemplaza la actual tasa de descuento del 3% utilizada en este test, por el vector VTD señalado precedentemente, a objeto de hacer coherente ambos cálculos.