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En la audiencia, el juez de Garantía verá si la detención se ajusta a derecho, es decir, si los antecedentes que entrega el fiscal sobre dicho procedimiento justifican la medida, además, el juez consulta al detenido si se le explicitaron sus derechos y el motivo de su detención.

Si está ajustada a derecho y los antecedentes que tiene el juez de Garantía permiten presumir el delito, se procede a la formalización de la investigación. Ésta es escrita y en ésta se manifiesta el delito que se investiga en contra de una persona determinada, formalizando el procedimiento frente al juez de Garantía, al imputado y su defensor. Esta formalización no implica para el imputado ninguna consecuencia automática como, por ejemplo, el arraigo de pleno derecho y la anotación prontuarial. Se garantiza así la efectiva vigencia de la presunción de inocencia.

Al finalizar la audiencia, la fiscalía solicita un tiempo determinado para la investigación, la cual no puede superar los dos años como máximo. La defensoría se refiere, en la misma audiencia, a este tiempo solicitado por la fiscalía. Finalmente, el juez de Garantía resuelve la cantidad de tiempo que dará para la investigación.

Por último, la fiscalía solicita las medidas cautelares necesarias para poder realizar su investigación. Éstas pueden ser: no salir del país, prisión preventiva, acudir a firmar a la fiscalía, entre otras. En la misma audiencia, el juez de Garantía determinará cuál será la medida cautelar.

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