En la audiencia, el juez de Garantía verá
si la detención se ajusta a derecho, es decir, si los antecedentes
que entrega el fiscal sobre dicho procedimiento justifican la medida,
además, el juez consulta al detenido si se le explicitaron
sus derechos y el motivo de su detención.
Si está ajustada a derecho y los antecedentes
que tiene el juez de Garantía permiten presumir el delito,
se procede a la formalización de la investigación.
Ésta es escrita y en ésta se manifiesta el delito
que se investiga en contra de una persona determinada, formalizando
el procedimiento frente al juez de Garantía, al imputado
y su defensor. Esta formalización no implica para el imputado
ninguna consecuencia automática como, por ejemplo, el arraigo
de pleno derecho y la anotación prontuarial. Se garantiza
así la efectiva vigencia de la presunción de inocencia.
Al finalizar la audiencia, la fiscalía solicita
un tiempo determinado para la investigación, la cual no puede
superar los dos años como máximo. La defensoría
se refiere, en la misma audiencia, a este tiempo solicitado por
la fiscalía. Finalmente, el juez de Garantía resuelve
la cantidad de tiempo que dará para la investigación.
Por último, la fiscalía solicita
las medidas
cautelares necesarias para poder realizar su investigación.
Éstas pueden ser: no salir del país, prisión
preventiva, acudir a firmar a la fiscalía, entre otras. En
la misma audiencia, el juez de Garantía determinará
cuál será la medida cautelar. |