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Desde "ineficaz" hasta "inviable": Expertos tributarios abordan proyecto que crea impuesto de una sola vez a "súper ricos"

Diputados de oposición presentaron una iniciativa de reforma constitucional que busca que las fortunas sobre los US$22 millones paguen un impuesto único de 2,5% para financiar "rentas básicas de emergencia" para familias afectadas por la pandemia.

03 de Junio de 2020 | 18:16 | Por Patricia Marchetti Michels, Emol
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SANTIAGO.- Un proyecto de reforma constitucional fue el que presentaron ayer una serie de diputados de oposición. ¿El objetivo? "Crear un impuesto transitorio al patrimonio de las grandes fortunas en Chile" para obtener recursos y destinarlos al financiamiento de una renta básica de emergencia para las familias más afectadas por el covid-19.

Así, según el texto de la iniciativa, "quedará gravado -por una sola vez- con una tasa de 2,5% el patrimonio bruto de las personas naturales con domicilio en Chile, titulares de bienes y derechos, en Chile o en el extranjero, al 31 de diciembre de 2019, equivalentes a un valor igual o superior a US$22 millones".


Y, de ser aprobado, "los contribuyentes señalados en el inciso anterior deberán enterar el impuesto en el plazo de treinta días corridos contados desde la publicación de la presente reforma constitucional".

Con todo, según los cálculos expuestos en el documento presentado por los diputados firmantes - Gabriel Ascencio (DC), Karol Cariola (PC) , Giorgio Jackson (RD), Daniel Núñez (PC), Luis Rocafull (PS), Alejandra Sepúlveda (FRVS), Alexis Sepúlveda (PR), Raúl Soto (PPD), Camila Vallejo (PC) y Esteban Velásquez (FRVS) -, "este impuesto podría allegar recursos al Fisco por US$6.500 millones".

Ante la propuesta, a la cual se han sumado una treintena de adhesiones desde las bancadas de oposición, Emol conversó con tres expertos tributarios que opinaron respecto a la medida y su factibilidad.

"No incentiva la inversión ni la reactivación económica"

"Es una propuesta del todo inoportuna", dice tajante Claudio Bustos, abogado tributario y socio de Bustos Tax & Legal. "De más está manifestar que en circunstancias como las actuales, en las que la economía se ha visto fuertemente azotada por el desorden social del año pasado más la crisis causada por la pandemia, lo que menos se requiere es un alza de impuestos".

"Por el contrario, debiéramos estar pensando en elaborar potentes fórmulas de incentivo a la economía en materia tributaria, a través de franquicias y beneficios que permitan potenciar el mercado y, por esa vía, aumentar finalmente la recaudación", opina.

"La verdad es que la propuesta es para dar solo una señal política, porque ni siquiera ellos se hacen cargo de su aplicación en el proyecto, no dicen cómo se mide el patrimonio, cómo se paga el impuesto, nada. Entonces, al final del día yo diría que es simplemente un voladero de luces política, pero no es política tributaria"

Ignacio Gepp

Similar visión expresa Álvaro Moraga, también abogado tributario y académico de la Universidad Adolfo Ibáñez: "La verdad es que es triste ver que se den iniciativas de esta naturaleza en un momento donde lo que necesita Chile es reactivar su economía y aumentar la carga tributaria va precisamente en la dirección contraria".

"Los países serios cuando han querido reactivar su economía lo hacen con mecanismos precisamente que van a la inversa, sobre la base de atraer la inversión. Y es imposible atraer la inversión en un país donde se manosea tanto el sistema tributario en la forma en que lo hacen, irresponsablemente, los parlamentarios de oposición", critica el socio de Moraga y Cía.

En ese sentido, el experto recalca que "lo que Chile necesita urgente son medidas para atraer inversión que puedan significar empleo y empleo de calidad, hay muchos instrumentos muy útiles para hacerlo. La gente no quiere que le regalen cosas, la gente quiere tener un empleo que le permita tener seguridad social y estabilidad para proyectarse en el tiempo".


Por su parte, el socio de Puente Sur, Ignacio Gepp, comenta que entiende la necesidad de generar mecanismos de apoyo y de ayuda, "pero me hace ruido que estemos generando un mecanismo de distribución inmediata".

"El problema con esto es que no está realmente generando un ahorro ni una inversión, sino que estás literalmente aplicando un impuesto para gastarlo todo ahora y eso, desde el punto de vista de la gente que está sujeta a este impuesto, es algo que les va a dar muchísimo susto. Esa gente se va a ir, porque esa gente va a ver probable que le hagan lo mismo en tres meses más", explica.

La fuga de patrimonio

En la línea expuesta por Gepp, Bustos remarca que una iniciativa como la propuesta "puede producir la fuga de patrimonios al exterior y desincentivar la generación de nueva riqueza. Estamos en presencia de un impuesto que no grava la generación de rentas o de riqueza, sino la riqueza ya generada y acumulada por una persona".

"Por tal motivo, no sería extraño que, de aprobarse un impuesto de esta naturaleza, se produjera una fuga de los grandes patrimonios hacia el exterior, aun más de lo que ya ha venido sucediendo en los últimos años debido a la falta de certeza jurídica en materia económica y tributaria", destaca el experto.

Moraga sostiene: "Si nosotros seguimos la tendencia de países como Argentina donde se establecieron históricamente impuestos sobre el patrimonio, es decir sobre aquello que ya pagó impuestos, lo único que se va a conseguir va a ser debilitar el sistema, ahuyentar la inversión".

La dificultad de calcular "el patrimonio" y cobrar

Gepp de Puente Sur expone que otro problema que le ve al proyecto es que "no se hace cargo de la mecánica de su implementación, sólo dice que se cobrará un 2,5% de impuesto sobre el patrimonio". En este punto, el abogado explica que medir el patrimonio de una persona es muy complejo y no hay una sola metodología para hacerlo.

"En Chile no existe un gran número de fortunas al nivel de lo que existe en países ricos (ranking Forbes), por lo que es muy probable que un impuesto de esta naturaleza en Chile sería del todo ineficaz. Por ello, no tengo ninguna expectativa de que se llegue a generar la recaudación que se anuncia, más aun por el alto costo que causará a la economía chilena"

Claudio Bustos

Asimismo, agrega, "está el problema de cómo se paga ese impuesto: si tú dices que vas a aplicar un impuesto de 2,5% a una persona que tiene muchas acciones o que tiene muchas casas, ¿esa persona qué hace? ¿vende la casa? ¿te da una casa? ¿pasa acciones en forma de pago?. Es muy difícil ir a pedir un impuesto sobre el patrimonio porque no es como el impuesto a la renta, que es lo que ganaste en un año, este es un impuesto sobre lo que tienes".

"¿Si esa persona no tiene la liquidez, tiene que ir y vender para poder pagar el impuesto?. En cuánto tiempo, en qué condiciones, nada de eso se dice en el proyecto", indica.

Mismas preguntas aborda Moraga, quien expone "¿Qué pasa si el patrimonio está en bienes raíces y no en dinero líquido?, ¿qué pasa si el patrimonio lo están calculando sobre la base de bienes raíces, pero que están con deuda?, ¿es realmente 'rica' una persona que tiene un bien raíz que lo debe al 90%? Entonces, por donde se mire, este proyecto es inviable".

"Constituye una múltiple tributación"

El experto de Bustos Tax & Legal destaca otro punto por el cual tilda de "pésima" la medida y es que, a su juicio, "constituye una doble o múltiple tributación".

"El denominado impuesto al patrimonio grava la riqueza ya generada y acumulada por una persona, la cual está constituida por elementos que ya han tributado previamente. En efecto, las rentas que componen el patrimonio, al haberse generado, fueron ya tributadas con el impuesto a la renta, hasta con tasa máxima del 35% ó 40%, según la época", explica.

"Un impuesto de tasa fija de 2.5% sobre patrimonios de 'súper ricos', como se anuncia, es, a mi juicio, expropiatorio, pues se trata de una tasa excesiva aplicada sobre patrimonios que pueden no estar generando riqueza alguna"

Claudio Bustos

En el caso de patrimonios que han sido heredados de familiares,"tales patrimonios tributaron con impuesto a la renta cuando la riqueza fue generada por el titular anterior del patrimonio, y también se pagó impuesto a la herencia cuando el patrimonio fue transmitido al heredero".

Así, "si hay bienes raíces que forman parte del patrimonio, tales activos han tributado con el impuesto territorial (contribuciones), el cual, cabe recordar, funciona sobre la misma base filosófica que el impuesto al patrimonio, pues grava el valor de los inmuebles independientemente de si están generando ingresos o no".

Y "si el respectivo patrimonio ha estado involucrado en el desarrollo de actividades comerciales, también ha tributado la patente municipal, el cual también opera como un impuesto al patrimonio", concluye Bustos.
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