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Gobierno ingresa con suma urgencia proyecto de exenciones tributarias para financiar la Pensión Garantizada Universal

El texto, que será revisado hoy por la comisión de Hacienda de la Cámara, mantiene los cambios ya propuestos en la ley corta, como afectar con IVA a servicios, o fijar una tasa de impuesto único a las ganancias de capital de 10%.

22 de Diciembre de 2021 | 11:15 | Por Ignacia Munita C., Emol
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El Mercurio
El Gobierno ingresó al Congreso, con suma urgencia, el proyecto que elimina -o reduce- un conjunto de exenciones tributarias con el objeto de financiar la Pensión Garantizada Universal (PGU).

De ser aprobada esta iniciativa, que hoy iniciará su votación en particular en la comisión de Hacienda de la Cámara -luego de que ayer el Ejecutivo le pusiera discusión inmediata y expusiera su alcances en la instancia- la PGU sustituiría los actuales beneficios del Pilar Solidario, es decir, tanto a la Pensión Básica Solidaria de Vejez, como el Aporte Prevsional Solidario de Vejez.

El monto que alcanzaría sería un máximo de $185.000 para todos los adultos mayores de 65 años que no se encuentren en el 10% más rico de la población mayor, y vendría a complementar el ahorro previsional individual.

Asimismo, la pueden recibir pensionados, bajo cualquier modalidad de jubilacióm, y también aquellas personas que se encuentren laboralmente activos, sin la necesidad de estar afiliados a algún régimen previsional.

Por otro lado, el beneficio es de cargo fiscal, alcanzando un costo en régimen de aproxidamente 0,9% del PIB, razón por la cual el Ejecutivo introdujo un texto aparte este miércoles, en el cual detalla los ajustes en materia tributaria que se impulsarían para asegurar la recaudación.

De este modo, se mantendrían las modificaciones tributarias ya propuestas en la ley corta de pensiones, pero con una tasa de impuesto único a las ganancias de capital de 10%.

Esto incluye también la reducción transitoria por dos años y posterior eliminación del Crédito Especial a las Empresas Constructoras con el IVA, la eliminación de beneficios tributarios para la tercera vivienda en adelante para quienes hayan adquirido viviendas DFL2 antes de 2011, la afectación del IVA a todos lo servicios (excepto para los sectores de salud, educación, transporte y para todos los contribuyentes que emitan boletas a honorarios), además del impuesto a la herencia para los seguros de vida.

Se espera que estas exenciones sean revisadas por la comisión de Hacienda de la Cámara esta tarde.
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