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En vísperas de Navidad: ¿A qué hora cierran malls y supermercados y qué abrirá el 25 de diciembre?

El sábado 24 la mayor parte del comercio funcionará hasta alrededor de las 19.00 horas.

23 de Diciembre de 2022 | 15:56 | Por Beatriz Mellado, Emol.
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Este fin de semana se celebra Navidad y el comercio el sábado 24 funcionará con horarios especiales, mientras que el domingo 25 serán pocos los sectores que mantendrán locales abiertos.

En primer lugar, lo días 25 de diciembre y 1 de enero son feriados obligatorios e irrenunciables. Por lo tanto, los trabajadores del comercio tendrán que estar fuera de su lugar de trabajo a las 20:00 horas del sábado 24 de diciembre y hasta las 06:00 horas del lunes 26 de diciembre, y a las 20:00 horas del sábado 31 de diciembre y hasta las 06:00 horas del lunes 2 de enero de 2022.

En esa línea, el supermercado Líder, informó que el sábado 24 cerrará a las 18:00 horas, el domingo 25 permanecerá cerrado y retomará el horario normal el lunes 26 de diciembre. Lo mismo comunicó Jumbo, mientras que Unimarc funcionará hasta las 18.30 horas del 24 de diciembre.

Por otro lado, el Costanera Center, Alto Las Condes, Florida Center y la cadena Mall Vivo atenderán el próximo 24 de diciembre entre las 9 de la mañana y las 7 de la tarde. Por otro lado, el Mall Parque Arauco y Mall Plaza, abrirá desde las 9 de la mañana hasta las 6 de la tarde durante la víspera navideña. Todos estarán cerrados durante el 25.

Asimismo, Metro publicó que su horario de funcionamiento será el siguiente durante las celebraciones: Durante el 24 operará de 6.30 a 23.00 horas, y el 25 desde las 08.00 hasta las 23.00 horas.

Feriados irrenunciables y fiscalización

La fiscalización del comercio durante los feriados irrenunciables de Navidad y Año Nuevo está a cargo de la Dirección del Trabajo.

Se exceptúan de esta norma, por ende podrán abrir, restaurantes, establecimientos de entretenimiento, tales como cines, espectáculos en vivo, discotecas, pub, cabaret, clubes. Además, locales comerciales en los aeropuertos, casinos de juegos, expendio de combustibles y farmacias que tengan que cumplir turnos según lo fijado por la autoridad sanitaria.

La ministra del Trabajo y Previsión Social, Jeannette Jara, junto a el director del Trabajo, Pablo Zenteno Muñoz, explicaron que los trabajadores y trabajadoras del comercio deben descansar en ambas fechas y legalmente están impedidos de renunciar a ese derecho a cambio de compensaciones ofrecidas por sus empleadores.

Llamamos a los empleadores a dar cumplimiento a la normativa relativa al descanso de los trabajadores del comercio (…) en caso de que los empleadores no concurran con su obligación se van a cursar las multas respectivas, que van desde $320 mil hasta más de un millón de pesos por trabajador incumpliendo la normativa”, sostuvo la titular de la cartera del trabajo.

Por su parte, Pablo Zenteno añadió que "en ambos feriados obligatorios e irrenunciables la Dirección del Trabajo estará fiscalizando en todo el país el justo descanso al que tienen derecho los trabajadores y trabajadoras del comercio, salvo aquellos que laboran en actividades exceptuadas legalmente, pero que igual tienen derecho a descansar cada dos años si siguen trabajando para el mismo empleador o empleadora".

Asimismo, las autoridades indicaron que las denuncias se podrán realizar en el sitio web www.direcciondeltrabajo.cl y en el Centro de Atención Laboral de la DT, número 600 450 4000. Esta segunda alternativa estará activa entre las 09:00 y las 14:00 horas de los días 25 de diciembre y 1 de enero.

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