Tras el duro revés que sufrió el Gobierno con el rechazo a la idea de legislar la reforma tributaria en la Cámara de Diputados y Diputadas, las autoridades han indicado que se tomarán el tiempo necesario para buscar acuerdos que permitan aprobar otro relevante proyecto impositivo que se tramita en el Congreso: el royalty minero.
La iniciativa está bastante avanzada en materia legislativa. Ingresó al Congreso en septiembre del 2018 y en mayo del 2021 fue aprobado por los diputados y despachado al Senado. Ahora, en este segundo trámite constitucional, solo quedaría que la comisión de Hacienda revise el proyecto y luego lo despache a votación en Sala, proceso que inició esta mañana.
En efecto, hasta dicha instancia, presidida por el senador Ricardo Lagos Weber (PPD), llegaron los ministros de Hacienda, Mario Marcel, y Minería, Marcela Hernando, para explicar los alcances del texto que emanó de la comisión de Minería y Energía, y las nuevas modificaciones que estarían dispuestos a incorporar.
En ese sentido, el ministro Marcel expresó que "luego de la aprobación del proyecto en la comisión de minería y energía del Senado han surgido algunos temas que se han planteado que no alteran lo legislado por esa comisión, pero que podrían discutirse en esta etapa legislativa".
"Una de ellas es reponer los gastos de puesta en marcha como un costo para el cálculo de la Renta Imponible Operacional Minera Ajustada, que sería dejar el cálculo de renta operacional minera igual a como funciona actualmente con el impuesto específico", añadió.
Y precisó que "esto no es un monto importante en el conjunto, pero sí es significativo, especialmente cuando hay nuevos proyectos mineros y los gastos de puesta en marcha son importantes".
Por otro lado, el jefe de la billetera fiscal comentó que "lo otro que se ha planteado, a raíz de toda esta discusión sobre carga tributaria, ha sido establecer un límite a la carga tributaria potencial, tomando en cuenta la combinación de impuesto a la renta, impuesto a primera categoría, impuesto adicional y royalty".
"¿Qué es lo que significaría poner ese límite? Significaría que se da mayor seguridad, o predictibilidad, a la recaudación del impuesto que sería relevante en tres tipos de situaciones. Una es cuando tenemos una explotación minera que tiene posibilidad de mejorar significativamente su productividad. En ese caso, al tener un límite la suma de los impuestos, entonces una empresa que mejora mucho su productividad, tendría una carga tributaria algo menor", especificó.
"Permitiría despejar estimaciones o especulaciones que se han generado en cuanto a que la carga tributaria sería de 60,70,80,120% como surgió en una columna de un colega economista. Esto dejaría claro que ese tipo de situaciones no se podrían presentar"
Mario Marcel, ministro de Hacienda
Ahora bien, también dijo que ello "permitiría que cuando hay precios que son muy altos,y el margen minero aumenta significativamente, permanecería en una oportunidad de rentabilidad para las empresas del sector".
En tercer lugar, expresó que "en el otro extremo de la distribución, el caso de minas que tienen un margen minero relativamente bajo, y que el grueso de su pago de impuesto correspondería a la tasa ad valorem, también se encontrarían con este límite antes de tener que pagar toda esa tasa ad valorem. Entonces, beneficiaría por un lado a proyectos o a minas relativamente más pequeñas, siempre hablamos de medianas, y por otro lado a proyectos que fueran más eficientes".
Además de plantear que "la relevancia de este límite depende de dónde se establezca", el titular de Teatinos 120 apuntó que esta medida "permitiría despejar estimaciones o especulaciones que se han generado en cuanto a que la carga tributaria sería de 60,70,80,120% como surgió en una columna de un colega economista. Esto dejaría claro que ese tipo de situaciones no se podrían presentar".
A grandes rasgos, el proyecto de royalty minero modifica la escala de tasas para aplicar el impuesto en función del margen operacional de las empresas mineras que produzcan cobre en una cantidad mayor a 50.000 toneladas métricas de cobre fino, las que fluctuarán entre un 8% y un 26%. Para el cálculo de margen operacional se permite descontar los gastos propios de la faena productiva, insumos y la depreciación.
Además, se propuso establecer un impuesto ad valorem de tasa plana de 1% para la gran minería del cobre cuya explotación supere las 50 mil toneladas métricas de cobre fino, excluyendo de esta forma a la mediana minería. En caso de que el margen operacional sea negativo, no procederá el pago de este gravamen.