El Segundo Tribunal Ambiental puso un freno a los planes de Google en Chile. Esto, tras acoger parcialmente la reclamación presentada contra la aprobación del megaproyecto de data center que la compañía busca levantar en las comunas de Cerrillos y San Bernardo, junto con ordenar al Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) retrotrear el procedimiento de evaluación de la iniciativa.
El proyecto fue anunciado hace unos años por la compañía con bombos y platillos y se perfila como una de las grandes inversiones tecnológicas en el país. La anulación del permiso es parte de una trama que ya lleva tiempo y que seguirá dando que hablar.
Un proyecto de US$200 millones
La noticia llegó en julio de 2019. Ese mes, Google anunció que instalaría un nuevo data center en Chile, además del que ya tenía en Quilicura. ¿Los números? US$200 millones de inversión, 23 hectáreas y 1.200 personas trabajando en su instalación.
El proyecto es ambicioso: contempla dos edificios, un patio eléctrico con generadores de emergencia y oficinas administrativas. Asimismo, contaría con estacionamientos, bodegas y una subestación eléctrica.
El complejo -si todo se logra llevar a cabo como la compañía lo planea- estará instalado en las comunas de Cerrillos y San Bernardo, en el cruce de las avenidas Lo Espejo y Camino Lonquén.
Según señalaron en 2021 desde la compañía, el objetivo del "Cerrillos Data Center" era "proveer de servicios y aplicaciones de internet a diversos clientes de Latinoamérica". Fue eso, justamente, lo que comenzó a llamar la atención de los grupos más preocupados por el medioambiente.
Ese mismo año, Manfred Loebel, gerente general de Google Cloud para Chile, señaló en Radio Pauta que la empresa estaba buscando abrir "una región de Google Cloud en Chile", es decir, un megaproyecto que consiste en un conjunto de data centers.
"Somos de las nubes más grandes entre las globales, y hemos puesto a Santiago en el mapa de las regiones de cloud mundiales. Eso sin duda va a apoyar el crecimiento del país, y de la mano de eso, habrá un mayor crecimiento en el consumo de estos servicios por el hecho que estén acá", recalcó también el ejecutivo en el medio citado.
La trama tras los permisos
En contra de la aprobación de la iniciativa se presentaron dos reclamaciones ante el Segundo Tribunal Ambiental: la primera por un grupo de 14 vecinos de Cerrillos, mientras que la segunda por la Municipalidad. ¿La causa? El consumo de agua que se requeriría para el funcionamiento los servidores; en concreto, los 169 litros por segundo que implicaría la iniciativa, según señaló el municipio.
En el transcurso del proceso, sin embargo, casi todas las reclamaciones fueron retiradas, esto es, la de la Municipalidad y la de 13 vecinos . La acción, así, fue continuada por un solo vecino.
¿Por qué el desistimiento? La razón de quienes no quisieron insistir tuvo que ver con que el proyecto declaró públicamente que ya no utilizaría agua para enfriar los servidores.
Esto llevó a la empresa a presentar al SEA una consulta de pertinencia, la cual consiste en reemplazar las torres de enfriamiento en base a agua por enfriadoras de condensación por aire, lo cual derivaría en la eliminación del consumo de agua subterránea respecto de los tres pozos del Acuífero Santiago Central sobre los cuales cuenta con derechos de aprovechamiento de aguas.
Respecto de este último punto, la sentencia explica que,si bien el SEA determinó que el cambio en el sistema de enfriamiento de los servidores no requiere ingresar obligatoriamente al SEIA previo a su ejecución, este pronunciamiento no resulta vinculante para la evaluación ambiental del proyecto original. Por esta razón,el análisis del Tribunal se centró en los efectos del uso de agua para enfriamiento y su impacto en el recurso hídrico.
Es decir, si bien la compañía señaló que eliminaría el consumo de agua subterránea, el Tribunal debió tomarlo en cuenta porque se encontraba en la iniciativa que se presentó.
Como consecuencia, el Tribunal determinó que dicha evaluación no permitió descartar adecuadamente los impactos significativos del proyecto sobre el recurso hídrico, lo cual, estimó, va en contra del principio preventivo y de la propia finalidad de una Declaración de Impacto Ambiental.