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Últimas llegaron a $43 mil: Cómo se calculan y de cuánto serían las compensaciones por los cortes de luz

La ley establece un mecanismo de compensación automática. A esto, se agrega la posibilidad de devoluciones por pérdida de alimentos, medicamentos o daños en electrodomésticos.

13 de Agosto de 2024 | 06:03 | Por Pablo San Martín, Emol.
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El Mercurio
Tras los largos días sin suministro eléctrico luego del temporal que a comienzos de agosto azotó a la zona centro-sur del país, los clientes comienzan a preguntarse por las compensaciones. ¿Cómo se harán efectivas? ¿De cuánto serán?

Y es que, hasta ayer, aún había hogares a los que no se les había repuesto el suministro, transcurridos 10 días desde que los vientos de 125 kilómetros por hora botaron árboles, postes y cables y dejaron a oscuras a una parte importante del país.

Compensaciones por falta de suministro

Según la ley 18.410, la interrupción o suspensión del suministro de energía eléctrica no autorizada, que afecte parcial o íntegramente una o más áreas de concesión de distribución, dará lugar a una compensación a los usuarios sujetos a regulación de precios afectados.

"Esta compensación equivale al duplo del valor de la energía no suministrada y se abonará en la factura más próxima", explica Rosa Fernanda Gómez, profesora de derecho administrativo de la Facultad de Derecho de la Universidad de los Andes.

Así, lo que se debe devolver a los usuarios equivaldría al doble del valor de la energía que, según los cálculos, se hubiese utilizado en los días en que se interrumpe el suministro.

La ley establece además que las devoluciones deben abonarse "de inmediato". Esto, independientemente del derechos que asista al concesionario -en este caso las compañías de distribución como Enel y CGE- para "repetir en contra de terceros responsables".

"Lo que estuvo sin luz, porque lo que estuvo sin luz a un costo de razonamiento multiplicado por 2, o sea, dependiendo del consumo de las personas estamos hablando de que debería ser un descuento significativo e, incluso, cuentas en cero (pesos). Dependiendo del consumo eso es lo que debería ocurrir", detalló el ministro Diego Pardow este fin de semana en Estado Nacional de TVN.

Asimismo, cabe destacar que este tipo de compensación, que es automática, no es a la única que pueden acceder quienes se hayan visto afectados por los cortes eléctricos.

Otras compensaciones


Existe la posibilidad de acceder a otro tipo de compensaciones, ligadas a pérdidas de alimentos, medicamentos o daños a electrodomésticos.

Así, por ejemplo, si una familia perdió alimentos o si se le dañó de manera definitiva un electrodoméstico, puede reclamar ante la compañía eléctrica responsable del suministro de energía. Esta tendrá 30 días para contestar.

De no haber respuesta, el reclamo se puede extender a la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC), a través de su sitio web.

Otra posibilidad es interponer un reclamo ante el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac). Esta entidad, en todo caso, ya inició un Procedimiento Voluntario Colectivo (PVC) con Enel, y emplazó a las demás compañías a acogerse también a aquello, de lo contrario, "les puede salir muy caro", advirtió el director nacional del servicio, Andrés Herrera, asegurando que las firmas arriesgan unos US$38 millones solo en multas.

Los valores de la compensación

Una referencia para conocer el monto al que podrían llegar las compensaciones son los cortes de energía registrados entre el 7 y 10 de mayo de este año.

Tras esas circunstancias se decretaron descuentos de $11 mil por cliente por un día sin suministro. De $35 mil por un día y medio, $40 mil por dos días y $43 mil por dos días y medio, según información del Sernac.
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