Los días que vienen son claves para los afiliados en el marco de la implementación de la ley corta de isapres, que mandata a las instituciones a ajustar todos los contratos a la Tabla de Factores Única (TFU) vigente desde abril de 2020 y devolver los cobros en exceso, de acuerdo con el fallo de la Corte Suprema.
Es que hay dos plazos que se cumplen, y que tendrán un efecto muy concreto sobre quienes están incorporados al sistema. El primero vence el 29 de noviembre (viernes). Ese es el último día en el cual los usuarios pueden pronunciarse sobre el alza extraordinaria de la prima.
¿Qué quiere decir esto? A fines del mes pasado, las isapres -por medio de correos electrónicos- informaron acerca de un alza extraordinaria a los contratos de salud, que les permitió la ley para mantener el equilibrio financiero. Estos llegaron a entre los $9 mil y $42 mil por beneficiario.
Frente a esta alza, los afiliados tienen tres opciones. Una es mantener el plan de salud vigente, aceptando la nueva cotización pactada. De no haber pronunciamiento del afiliado hasta el 29 de noviembre, la institución entenderá que el usuario la aceptó.
Asimismo, se puede aceptar alguno de los planes alternativos ofrecidos por la isapre (con un precio similar al anterior al alza) u optar por otro, también dentro de la institución. Por último, existe la posibilidad de poner término al contrato de salud, mediante una carta firmada ante la isapre.
Ryan Kerr coundador de Queplan, explica que bajo estas últimas circunstancias hay dos opciones: cambiarse de isapre, siempre que la nueva institución te acepte con las patologías preexistentes informadas en la declaración de salud que deberás completar; o incorporarse al Fondo Nacional de Salud (Fonasa).
Mientras, desde la superintendencia de Salud especifican que los afiliados pueden cambiarse de plan hasta el 30 de abril.
El otro plazo vence un día después, el 30 de noviembre. Esa es la fecha límite que tienen las isapres para notificar y especificar el plan de pago a los afiliados, cuya devolución comenzará en diciembre.
El plan de pago de las isapres debe considerar los montos a devolver a cada persona afiliada, por los cobros en exceso. Asimismo, tiene que tener en cuenta el plazo máximo en que se hará la restitución y las modalidades de devolución, entre otros aspectos. Según establece la normativa, el tiempo en que se restituya la deuda no puede superar los 13 años. Algunas isapres, como Colmena, ya informaron que concretarán el proceso en 10.
Cabe destacar que el alza extraordinaria, a juicio de varios expertos, podría terminar agudizando la fuga desde las isapres hacia Fonasa. "Aquellas personas que son jóvenes, que no tienen enfermedades y que podrían o cambiarse de una isapres o cambiarse a Fonasa y comprar un seguro complementario, van a preferir esta segunda alternativa", comentó en octubre a Emol el exsuperintendente de Salud, Héctor Sánchez.
Hoy, también, el superintendente de Salud, Víctor Torres, junto al Intendente de Fondos y Seguros Previsionales, Osvaldo Varas informarán a la ciudadanía sobre las medidas que deben cumplir las Isapres respecto a la devolución de excedentes, alrededor de las 10:30 horas.