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"Daño ambiental irreparable": Ordenan la clausura total de proyecto minero por socavón en Tierra Amarilla

Además, la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) aplicó a la empresa Ojos del Salado una multa de más de $3.360 millones

30 de Enero de 2025 | 12:58 | Por José Tomás Guzmán R, Emol.
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SMA
La Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) confirmó los cuatro cargos que fueron formulados contra la minera Ojos del Salado el año 2022. Esto, producto de la generación de un socavón de más de 60 metros de profundidad en la comuna de Tierra Amarilla, Región de Atacama.

De esta forma, el organismo ordenó el cierre total del proyecto Mina Alcaparrosa, además, del pago de una multa total de 4.160 UTA, equivalentes a más de $3.360 millones.

El socavón apareció a 900 metros de la zona urbana de Tierra Amarilla y, a juicio de la superintendenta Marie Claude Plumer , el titular del proyecto "intervino sectores no autorizados, hasta las proximidades del acuífero del río Copiapó, generando una condición de mayor infiltración de aguas y el consiguiente debilitamiento del macizo rocoso. Esto determinó, a su vez, la generación de un socavón de un diámetro de 49 metros, y una profundidad de 60 metros".

"Es importante tener en cuenta que las intervenciones realizadas por la empresa provocaron un daño ambiental irreparable sobre un acuífero que ha sido catalogado como escaso y restringido", agregó.

Además, enfatizó que "los titulares proyectos son conscientes de las condiciones que están establecidas en sus permisos ambientales para poder operar. Acá, las reglas son claras y deben ser cumplidas".

Antecedentes

Luego de recibir una denuncia de parte de la municipalidad de Tierra Amarilla por la existencia de un socavón, el 30 de septiembre de 2022, la SMA inició un procedimiento sancionatorio, con la formulación de cuatro cargos, contra la empresa minera Ojos del Salado.

Los cargos fueron confirmados en el marco de la investigación. El primero de ellos fue clasificado como grave, por la sobre extracción de mineral en la Mina Alcaparrosa, lo cual se constata en el incumplimiento de la tasa de extracción durante 2019 (tras haber extraído 4.600 toneladas por día, superando el valor permitido de 4.300 toneladas por día).

El segundo cargo fue clasificado como gravísimo y tiene relación con la modificación de la infraestructura minera autorizada, generando un daño ambiental irreparable en el acuífero del Río Copiapó. Esto, por la modificación del sistema de drenaje subterráneo de la Mina Alcaparrosa -destinado a manejar el caudal de aguas afloradas en las galerías- incorporando piscinas subterráneas en tres niveles; y, por otra parte, por la ejecución de infraestructura minera hasta el nivel 350 en el sector Gaby, en un sector no autorizado cercano al nivel freático del acuífero del Río Copiapó.

El tercer cargo, clasificado como leve, fue por un incumplimiento de las condiciones establecidas para el transporte de mineral

Por último, el cuarto -también clasificado como leve- fue por haber modificado el destino de recepción del mineral ambientalmente evaluado, proveniente desde la mina.

De esta forma, desde el organismo indicaron: "Por el primer cargo, se aplicó la sanción consistente en una multa de 4.139 UTA; por el segundo cargo se aplicó la sanción de clausura total y definitiva de las instalaciones y faenas desarrolladas por la empresa en mina Alcaparrosa; por el tercer cargo se aplicó una sanción consistente en una multa equivalente a 14 UTA; mientras que por el cuarto cargo se aplicó una multa equivalente a 9,4 UTA".

Ante esto, la empresa podrá presentar un recurso de reposición en un plazo de 5 días hábiles o un reclamo de ilegalidad ante el Tribunal Ambientales dentro del plazo de 15 días hábiles.
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