SANTIAGO.- A seis días de la apertura de un cuaderno de remoción, el suspendido ministro de la Corte de Apelaciones de Rancagua, Marcelo Vásquez, siguió los pasos del juez Emilio Elgueta y recurrió al Tribunal Constitucional (TC) para impugnar el proceso llevado en su contra por el Poder Judicial.
Este lunes, ingresó al TC un requerimiento de inconstitucionalidad contras las normas indicadas en el auto acordado sobre el procedimiento para investigar la responsabilidad disciplinaria de los integrantes del Poder Judicial, según detalla el documento de 21 páginas.
Vásquez fue uno de los tres ministros del tribunal de alzada -junto a Elgueta y el fallecido Marcelo Albornoz- contra quien se inició en diciembre una investigación interna por una serie de irregularidades, la cual quedó en manos de la suprema Rosa María Maggi e implicó la suspensión de los jueces.
Ya entregado el informe final del caso, el máximo tribunal acordó acoger las imputaciones realizadas por la ministra, al igual que las sanciones y la sugerencia de iniciar cuadernos de remoción. La resolución fue emitida el pasado 11 de julio, día en que también se inició el proceso que podría terminar con la remoción.
En el caso de Vásquez, se le acusó de irregularidades por haber nombrado su hija en un cargo de su jurisdicción; haber prestado consejo al médico Luis Arenas -condenado en 2018 a una pena de dos años por suministrar recetas de psicotrópicos a una red de tráfico de estupefacientes- a sabiendas del incumplimiento de una medida cautelar, y por haber modificado, en su calidad de presidente del tribunal de alzada, la integración de una Sala de la Corte sin justificación.
Durante estos meses, uno de los indagados falleció producto de un suicidio, mientras que Elgueta recurrió al TC cuestionando la legalidad del proceso llevado en su contra. Misma estrategia que parece estar siguiendo Vásquez.
Según el documento, en el que se pide además suspender el procedimiento mientras se resuelve el fondo del conflicto, "este requerimiento no tiene por objeto tachar de inconstitucional la potestad normativa de la Corte Suprema; en cambio tiene por objetivo denunciar la inconstitucionaldad de algunas normas del auto acordado, por infringir derechos fundamentales, y en general, la garantía de reserva legal en el ejercicio de los derechos y sus garantías".
Y añade: "La Corte Suprema puede dictar autos acordados, incluso en casos donde hay vacío procedimental -por omisión legislativa- pero, esta regulación tiene un límite material: no puede regular o limitar el ejercicio de derechos fundamentales y sus garantías".
Por su parte, el TC citó Elgueta a alegar este miércoles a las 16:30 con el fin de resolver la admisión a trámite del requerimiento, descartando además suspender el procedimiento disciplinario.