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Presidente promulga ley de indulto conmutativo para reos por coronavirus y recalca: "No significa impunidad"

El Mandatario recordó que hay delitos que por su gravedad están excluidos del beneficio. Además, resaltó el proyecto de ley humanitaria que incluye a condenados por DD.HH., señalando que "todos tenemos derecho a morir con dignidad".

16 de Abril de 2020 | 12:51 | Redactado por María Cristina Romero, Emol
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Aton Chile.
El Presidente Sebastián Piñera promulgó este jueves la ley que concede un indulto conmutativo a reos de baja peligrosidad, quienes están en los grupos de riesgo ante la posibilidad contagio de coronavirus. Medida que según recalcó, "no significa impunidad" frente a los delitos cometidos.

Cabe destacar que la tramitación de la iniciativa sufrió algunos retrasos, luego de que parlamentarios de Chile Vamos recurrieran el Tribunal Constitucional para impugnar la medida por no incluir delitos de lesa humanidad. No obstante, el TC rechazó el recurso de los senadores, ante lo cuales los diputados oficialistas decidieran reiterar su requerimiento.

"El peligro de contagio por coronavirus se multiplica cuando las personas más vulnerables se encuentran privadas de libertad dentro de recintos penitenciarios, porque las condiciones de estos recintos muchas veces dificultan o hacen imposibles medidas sanitarias", recalcó el Mandatario.

Grupos excluidos

Junto con agradecer el trabajo de Gendarmería, el Pesidente recordó que han puesto en marcha un Plan de Prevención y Cuidado para las Personas en Recintos Penitenciarios, a lo que hoy se sumará esta nueva ley que beneficiará a 1.700 personas privadas de libertad.

Respecto a la iniciativa, el Mandatario recalcó que "no significa en ningún caso impunidad para quienes fueron condenados y están privados de
libertad, puesto que no extingue la responsabilidad penal ni elimina
la condena como antecedente penal a las personas favorecidas. Lo que si hace la ley, es modificar la forma en que se ejecuta la pena, conmutando o sustituyendo la reclusión (...) por la reclusión total en los domicilios de las personas beneficiadas".

Con ello, Piñera precisó que "en razón de la extrema gravedad de los delitos cometidos", esta ley excluye "a quienes han sido condenados por delitos de extrema gravedad".

Entre éstos se incluyen aquellos que atentan contra la vida, la integridad física y psíquica, la libertad personal, la libertad y la propiedad y los condenados por delitos de violencia intrafamiliar.

Tampoco se beneficia a los condenados por secuestro para obtener un rescate, sustracción de menores, tortura, asociación ilícita, violación, abuso sexual agravado, cualquier delito sexual contra menores, parricidio, femicidio, homicidio, infanticidio, tráfico ilícito de migrantes, trata de personas, robo calificado, delitos terroristas, delitos de lesa humanidad o crímenes de guerra y delitos de la ley de control de armas.

"Esos delitos por su gravedad, por respeto a las víctimas y por protección a la sociedad, no están incluidos en esta ley", añadió.

¿A quiénes beneficia?

A estos grupos de alto riesgo de contagio por coronavirus se les conmutará la pena de privación de libertad por arresto domiciliario total.

Así se beneficiará a los mayores de 75 años, quienes por ser parte del grupo más vulnerable no se les exigirá otros requisitos de cumplimiento de pena ni duración de la pena restante.

Asimismo, se incluyen en la ley a las mujeres entre 55 y 75 años de edad y los hombres entre 60 y 75 años, que hayan cumplido la mitad de la condena y que les resten 36 meses o menos de prisión.

Además entran en estos grupos, a las mujeres embarazadas y las madres de un hijo o hija menor de 2 años, residentes del recinto penal y que hayan cumplido un tercio de la pena y tengan un saldo igual o inferior a 3 años de
condena.
A estos se suman, las personas que estén cumpliendo reclusión nocturna, siempre que hayan cumplido un tercio de la pena y les resten 36 meses o menos de condena y los reclusos con permiso de salida de los recintos penitenciarios, siempre que hayan cumplido la mitad de la pena y les resten 3 años o menos de condena.

El Presidente enfatizó que "las personas indultadas que violen la reclusión domiciliaria deberán cumplir en la cárcel lo que les reste de la pena original. Y si una persona indultada comete otro delito, deberá cumplir en la cárcel lo que reste de la pena que tenía originalmente, sino también el resto de la pena que le corresponda por el nuevo delito".

Ley humanitaria

Por otra parte, Piñera recordó que el 2018 enviraron al Congreso un proyecto de ley de conmutación humanitaria de penas, para quienes sufren graves enfermedades terminales, padecen de inhabilidades físicas o mentales totales y sean mayores de 75 años con la mitad de la pena cumplida.

El Mandatario aseguró que la iniciativa que incluye a violadores de Derechos Humanos, "tampoco representa impunidad, porque sustituye la pena de privación de libertad por la pena de arresto domiciliario total".

Así consultado por los reos de Punta Peuco, aludió a la ley humanitaria y aseveró que "todos tenemos derecho a morir con dignidad".
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