SANTIAGO.- Pese a que la gran mayoría de las comunas del país no están en cuarentena, las autoridades han recalcado el llamado al autocuidado y han tomado medidas para evitar los contagios y la propagación del virus que provoca el covid-19.
Es por ello que los habitantes de dichas zonas igualmente deben mantener el distanciamiento social, usar mascarillas, tratar de salir lo menos posible de sus hogares y preferir el teletrabajo.
La principal indicación del Gobierno es mantener como mínimo "un metro de distancia o más entre tú y las demás personas, especialmente aquellas que tosan, estornuden y/o tengan fiebre".
Toque de queda
Además, como todos los ciudadanos, deben respetar el toque de queda entre las 22:00 y 05:00 horas en todo el territorio nacional. Cabe destacar que se autorizó a los servicios de delivery y despacho a domicilio para operar hasta las 00:00 horas, para entregar comida y/o remedios.
También está prohibido trasladarse a segundas viviendas, especialmente aquellas que están fuera de la región donde habita.
Cabe destacar que cines, teatros, restaurantes, pubs, discotecas, gimnasios y eventos deportivos independientes con público están suspendidos hasta nuevo aviso.
Mayores de edad
Es recomendable que vaya una sola persona por familia a comprar a farmacias, supermercados, almacenes, feria y abastecerse de insumos básicos. En esa misma línea, se debe evitar aglomeraciones y reuniones sociales.
Los mayores de 80 años, por ser población de riesgo, no puede salir de sus casas, pese a que vivan en comunas que no están en cuarentanas.
Uso obligatorio de mascarillas
El 6 de abril el Ministerio de Salud anuncio el uso obligatorio de mascarillas en el transporte público y privado remunerado. Diez días después hizo extensiva la medida a otros lugares públicos, incluyendo ascensores.
Entre estos lugares se incluye supermercados, farmacias, establecimientos de salud, bancos y otras oficinas de atención al público, lugares de trabajo y aeropuertos y terrapuertos.
Multas
La fiscalización del uso de la mascarilla la realizará la autoridad sanitaria con el apoyo de las Fuerzas Armadas, Carabineros, PDI y municipios. El incumplimiento de esta medida está sancionado dentro del Código Sanitario por exponer a un posible riesgo de salud pública. La multa por no usar el insumo alcanza los $2.500.000.
En tanto, el no cumplimiento del toque de queda tiene pena privativa de libertad que va de 61 a 540 días o una multa de entre $300.000 y $1.000.000.