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Servel publica listado de vocales de mesa para el Plebiscito de salida: Revisa si fuiste designado

El proceso electoral, que definirá si se aprueba o rechaza la propuesta de nueva Constitución, será el próximo 4 de septiembre y su participación es obligatoria.

13 de Agosto de 2022 | 00:45 | Redactado por Marcelo Silva, Emol
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El Mercurio
Este sábado, el Servicio Electoral (Servel) publicó la nómina de vocales de mesa designados por las Juntas Electorales para el Plebiscito de salida, que definirá si se aprueba o rechaza la propuesta de nueva Constitución presentada por la Convención.

Estos comicios se realizarán el próximo 4 de septiembre y tendrá una participación obligatoria para toda persona con domicilio electoral en Chile.

Asimismo, en estas elecciones debuta la norma que establece que el local de votación debe ser cercano al domicilio registrado por cada elector.

"Todas las mesas serán nuevas y los locales de votación pueden haber cambiado debido a la implementación de la Ley N°21.385, que modificó la forma de asignar a los electores los locales de votación para permitir acercarlos a su domicilio electoral", aclara el Servel.

Para conocer si fuiste designado vocal, miembro del Colegio Escrutador o para revisar tu local y mesa de votación, puedes ingresar al sitio web del Servel.

Cuáles son las excusas para no participar en el Plebiscito


Existen sólo cuatro causales que permitirán a la ciudadanía eximirse de votar el próximo 4 de septiembre: Enfermedad; ausencia del país; encontrarse el día del Plebiscito en un lugar situado a más de 200 kilómetros de aquel en el que se encuentra registrado su domicilio electoral.

Y por último, padecer de otro impedimento grave, el cual debe ser oportunamente comprobado ante el juez competente, quien revisará la prueba de acuerdo con las reglas de la sana crítica.

Todas estas excusas fueron establecidas en la Ley de Reforma Constitucional que permitió la creación del proceso constituyente.

De no asistir a votar y de no cumplir con ninguna de las causales de eximición, acorde con la normativa vigente, "el ciudadano que no sufragare será penado con una multa a beneficio municipal de 0,5 a 3 unidades tributarias mensuales", es decir, con montos que van desde los $29 mil hasta los $176 mil.
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