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Protocolo de Estambul: El manual solicitado para investigar la muerte del conscripto en Putre

El documento adoptado por las Naciones Unidas en 1999 fue puesto sobre la mesa por el INDH para que el Servicio Médico Legal lo aplique al evaluar a los demás afectados de la brigada donde falleció Franco Vargas.

15 de Mayo de 2024 | 17:58 | Por Equipo Multimedia, Emol.
La muerte del joven conscripto Franco Vargas, quien falleció durante una jornada de instrucción mientras hacía su servicio militar en Putre, ha sacudido la agenda nacional. Diversas querellas apuntan a que estos delitos se juzguen en tribunales civiles y no militares, destacando los maltratos físicos y psicológicos, así como las lesiones que recibieron la víctima y otros compañeros.

Esta es la posición del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) que calificó estos actos como “crueles e inhumanos” y ha solicitado una evaluación más detallada por parte del Servicio Médico Legal, poniendo sobre la mesa el uso del Protocolo de Estambul: un documento internacional que podría ayudar a dirimir si estos hechos, utilizado para esclarecer casos de tortura.

    ¿Qué es el Protocolo de Estambul?

  • El Protocolo de Estambul, es el primer conjunto de directrices internacionales para la documentación de la tortura y sus consecuencias.
  • Su nombre oficial es el “Manual para la investigación y documentación eficaces de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes”.
  • El documento —adoptado por las Naciones Unidas en 1999— fue realizado por más de 75 expertos en derecho y salud, que representaban a 40 organizaciones o instituciones de 15 países. Entre ellos, Chile.
  • ¿Qué considera como tortura?

  • El protocolo, indica el oficio de 153 páginas, define la tortura con las mismas palabras empleadas en la Convención de las Naciones Unidas contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, realizada en Nueva York el año 1984.
  • Esta es: “Todo acto por el cual se inflija intencionadamente a una persona dolores o sufrimientos graves, ya sean físicos o mentales, con el fin de obtener de ella o de un tercero información o una confesión, de castigarla por un acto que haya cometido, o se sospeche que ha cometido, o de intimidar o coaccionar a esa persona o a otras, o por cualquier razón basada en cualquier tipo de discriminación, cuando dichos dolores o sufrimientos sean infligidos por un funcionario público u otra persona en el ejercicio de funciones públicas, a instigación suya, o con su consentimiento o aquiescencia”.
  • La definición también precisa en que “no se considerarán torturas los dolores o sufrimientos que sean consecuencia únicamente de sanciones legítimas, o que sean inherentes o incidentales a éstas”.
  • Retrato de Franco Vargas | Aton

    ¿Qué pasa al investigar un hecho asociado a una entidad estatal?

  • El protocolo sugiere que se determine un órgano investigador adecuado.
  • “Cuando se sospeche que funcionarios públicos estén implicados en actos de tortura, incluida la posibilidad de que hayan ordenado o tolerado el uso de la tortura, ministros, adjuntos ministeriales, funcionarios que actúen con conocimiento de los ministros, funcionarios superiores de ministerios estatales o altos jefes militares, no podrá realizarse una investigación objetiva e imparcial a menos que se cree una comisión especial de indagación”.
  • ¿Cómo ayuda a identificar si es tortura o no?

  • El Protocolo de Estambul detalla el procedimiento completo de investigación, incluyendo cómo recoger o analizar testimonios. Asimismo, proporciona un conjunto de principios y directrices para la evaluación médica y psicológica de personas que pudieran haber sido sometidas a tortura.
  • Estos principios, precisa el protocolo, "esbozan unas normas mínimas para que los Estados puedan asegurar una documentación eficaz de la tortura (...) No se presentan como un protocolo fijo. Más bien representan unas normas mínimas basadas en los principios y deben utilizarse en cuenta los recursos disponibles".
  • En la práctica, el documento instruye a los profesionales sobre cómo realizar entrevistas detalladas y exámenes físicos, incluyendo la observación de cicatrices, lesiones, y otros signos de maltrato físico, así como la evaluación del estado mental para identificar traumas psicológicos.
  • Este examen médico, precisa el protocolo, debe realizarse “independientemente del tiempo que haya transcurrido desde el momento de la tortura".
  • La metodología sugerida por el protocolo está diseñada para asegurar que la documentación sea sistemática y detallada.
  • Pexels

    ¿Qué directrices específicas recomienda?

  • Por ejemplo, detalla una pauta de información que el investigador deba tratar de obtener desde la presunta víctima: las circunstancias que condujeron a la tortura, las fechas y horas aproximadas, las personas que intervinieron en el arresto, una descripción de las actividades cotidianas en el lugar de detención y de las características de los malos tratos, etc.
  • Enlista 21 métodos de tortura, física y sicológica, que deben tenerse en cuenta. Entre ellas: humillaciones, como abuso verbal, realización de actos humillantes; técnicas psicológicas para quebrar al individuo, incluidas traiciones forzadas, agudización de la sensación de desvalimiento, exposición a situaciones ambiguos o mensajes contradictorios; etc.
  • Asimismo, detalla las reacciones que podrían tener las víctimas en el contexto de la evaluación psicológica. Las más frecuentes son la reexperimentación del trauma; la evitación y el embotamiento emocional; síntomas de depresión; disminución de la autoestima y del sentido del futuro; psicosis, etc.
  • ¿Es obligatorio regirse por el Protocolo de Estambul?

  • El Protocolo de Estambul no es obligatorio legalmente en el sentido de que su cumplimiento no es de cumplimiento obligatorio para los estados o las partes involucradas.
  • Sin embargo, su adopción y aplicación son altamente recomendadas por la comunidad internacional y pueden ser consideradas como una guía importante para la prevención y la investigación de la tortura.
  • ¿Qué significa que no sea vinculante?

  • Cuando se dice que el Protocolo de Estambul no es vinculante, significa que su cumplimiento no está legalmente exigido y su aplicación queda a discreción de los estados y las organizaciones. En otras palabras, no genera obligaciones jurídicas vinculantes para los Estados que lo adoptan.
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