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Abogado tras el requerimiento contra Fernández en el TC: "Nuestra motivación es defender la Constitución"

John Reid y Raimundo Palamara ingresaron el requerimiento el pasado 20 de enero. Este jueves pagaron los montos establecidos por el tribunal para garantizar la "seriedad" del proceso que, esperan, se revise en marzo.

30 de Enero de 2025 | 21:28 | Por Daniela Toro, Emol.
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El requerimiento de inhabilidad contra la ministra Maya Fernández fue ingresado el pasado 20 de enero por los abogados John Reid y Raimundo Palamara.

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Lejos de terminar, y pese a los esfuerzos del Gobierno para calmar las aguas, la polémica por la fallida compraventa de la casa del ex Presidente Salvador Allende por parte del Estado sigue escalando, y hoy se concentra en el Tribunal Constitucional.

La senadora Isabel Allende y la ministra de Defensa, Maya Fernández, se han convertido en blanco de críticas y peticiones de dejar sus cargos, tras firmar un acuerdo de compraventa de la casa, situación que va en contra de lo establecido por la Constitución: ni ministros ni parlamentarios pueden celebrar este tipo de contratos con el Estado.

En el caso de la senadora Allende, parlamentarios de Republicanos y Chile Vamos activaron la ofensiva y presentaron un requerimiento ante el TC, además de una comisión investigadora. En el caso de la ministra Fernández, dos abogados, por iniciativa propia, decidieron acudir el pasado 20 de enero ante el órgano para que se tramite su inhabilidad en el cargo.

Se trata de Raimundo Palamara -militante de Republicanos, quien el pasado 8 de enero presentó una denuncia contra el Presidente Gabriel Boric y quienes resultaran responsables por eventual delito de fraude al fisco en la compraventa, la que después cambió a querella- y John Reid (ex seremi de Obras Públicas durante el primer gobierno de Sebastián Piñera).

El miércoles, el TC resolvió que se pague una fianza antes de avanzar con la revisión del recurso de inhabilidad en contra de Fernández, para garantizar la seriedad del requerimiento. El monto asciende a $500 mil, que este jueves concurrieron a pagar los abogados.

En conversación con Emol, Reid comenta las motivaciones para interponer el recurso, los tiempos estimados en que se podría resolver y las implicancias que tendría en caso de ser acogido. Además, tilda como un "error", que parlamentarios no hayan concurrido al TC con un requerimiento de inhabilidad para Fernández.

— ¿Cuáles son las motivaciones para interponer el recurso de inhabilidad en contra de la ministra Maya Fernández?

Lo que ocurrió es que se interpuso el requerimiento en contra de la senadora Allende y se dijo en la prensa que no se iba a interponer, por parte de los diputados, la misma acción en contra de la ministra. Con Reimundo conversamos sobre esto y vimos que había fundamento plausible para poder interponer un requerimiento en contra de la ministra. Nosotros consideramos que sí hay inhabilidad, y no es sólo constitucional, sino que además hay que recurrir a la Ley de Probidad, en relación con la Ley General de Bases de la Administración del Estado.
Nuestra motivación es defender la Constitución, y los mecanismos para defenderla, que se entregan a los ciudadanos, hay que usarlos.

— ¿Qué le parece que los parlamentarios no hayan optado por esta vía en el caso de la ministra Fernández, pero sí contra la senadora Allende?

A mí me parece un error. Me parece que los parlamentarios debieran haber interpuesto también un requerimiento en contra de la ministra Fernández.

— Ayer el TC se pronunció y pidió el pago de una fianza para avanzar en la revisión del procedimiento, ¿qué significa esa resolución en esta etapa?

Cuando las personas que interponen el recurso son personas naturales o ciudadanos, la ley exige que se afiancen las costas. O sea, que se garantice una garantía de seriedad, de modo de que no cualquier persona interponga cualquier recurso por interponerlo. Si es que el tribunal considera que hubo fundamentos plausibles, el dinero se devuelve; si se rechaza el requerimiento, queda en el TC.

¿Qué proceso viene luego de que afiancen el requerimiento y cuánto tiempo tomará?

Después de esto, lo que viene es la declaración de admisibilidad del requerimiento. Eso deberá ocurrir dentro de los 10 primeros días de febrero, posteriormente, la vista de la causa, que es en marzo. El proceso de vista de la causa tardará dependiendo de si existen otros interesados en alegar. Nosotros vamos a alegar, por supuesto, y probablemente la ministra va a consultar con algún abogado para alegar también. Pero pueden haber otras instituciones o personas que estén interesadas en alegar. Luego de eso viene el fallo.

No existen requerimientos exactamente iguales en la jurisprudencia. El único similar es uno del año '83 en contra del ministro Onofre Jarpa, donde hubo una serie de abogados que solicitaron su inhabilidad, y la tramitación completa tomó alrededor de nueve meses.

— ¿Cree que la ministra será removida?

Nosotros creemos que ya con haber presentado el requerimiento, y de ser declarado admisible, ya es un buen logro. La ministra Fernández ya estaría siendo notificada de que existe la posibilidad de que ella sea removida de su cargo por haber cometido una infracción a la constitución. Si es que se declara la inhabilidad, lo que debería pasar es que el Presidente de la República, que es el único que puede nombrar y remover ministros, debiera remover a la ministra de su cargo.

Lo que está pasando en este minuto es que la institución del Ministerio de Defensa está sufriendo muchísimo, porque los actos de la ministra están bajo la lupa, están en cuestión, y podrían llegar a ser nulos. Por ejemplo, el Ministerio de Seguridad Pública, que fue promulgado hace un par de días atrás, y donde la ministra Fernández se puso su firma, podría adolecer de una nulidad si se declara su inhabilidad.

— ¿Cómo observa los argumentos que ha entregado el Gobierno en torno a este tema? El fin de semana, el de Bienes Nacionales, Francisco Figueroa, afirmó que faltaron algunos pasos en la compraventa y que sin ellos, "no existe".

No sé que profesión tiene el ministro, pero para un estudiante de derecho de primer año, normalmente en el primer semestre, esta pregunta es pregunta de solemne. El contrato de compraventa se perfecciona en el momento en que hay acuerdo en cosa y precio. Y para los bienes inmuebles, además que consta en escritura pública. Si es que hay acuerdo en cosa, precio, y consta en escritura pública, que todos nosotros lo hemos visto en los medios.

Yo creo que todos los días estamos viendo, con mucha tristeza, que se cometen errores garrafales en la administración del Estado. Este fue error garrafal que lo que genera, en definitiva, es una nulidad de derecho público, por lo tanto no se puede alegar el error. De paso, termina dañando todas las instituciones y pone en entredicho las capacidades de las personas que están en Gobierno.
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