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Uso de cámara y ADN: Los antecedentes que "perjudicaron" a Monsalve y por los que jueza lo mantuvo en prisión

La magistrada Carla Capello desestimó la solicitud de la defensa del ex subsecretario y argumentó por qué debe seguir con la medida cautelar más gravosa.

02 de Abril de 2025 | 13:39 | Por Leonardo Vallejos, Emol
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La jueza Capello decidió mantener en prisión preventiva a Manuel Monsalve.

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"En base a estas nuevas diligencias, se puede estimar que los nuevos antecedentes perjudican al imputado entregando más indicios de la existencia del delito y de su participación".

Así de categórica fue este miércoles la jueza Carla Capello para justificar el mantener en prisión preventiva a Manuel Monsalve, quien está formalizado por violación de una subalterna.

¿A qué antecedentes se refiere? En la audiencia de revisión de cautelares la Fiscalía Metropolitana Centro Norte, encabezada por Francisco Jacir, expuso pruebas que según ellos acreditan el delito sexual.

Uso del celular



Clave fue la comprobación de que Monsalve utilizó su celular la noche del 22 de septiembre, en instancias que él mismo señaló que "no se acuerda" de lo que hizo.


"La Fiscalía da cuenta también de un informe reciente de fecha 28 de marzo de la Policía de Investigaciones sobre las pericias realizadas al teléfono del imputado, en que se da cuenta que el día de los hechos, y en la madrugada del día siguiente, este mantuvo actividad tecnológica en su celular, utilizando las redes sociales correspondientes a Signal y Spotify, de manera constante, realizando cerca de 10 interacciones, además de la utilización de la cámara fotográfica en dos oportunidades, entre las 0.45 horas y las 1.18 de la madrugada", sostuvo Capello.

Agregó que "la querellante cuestiona la teoría de la defensa en cuanto a la pérdida de conciencia del imputado, señalando que las interacciones por internet reveladas por la pericia del teléfono del imputado y el uso de la cámara dan cuenta de su plena conciencia durante el transcurso de la noche en que ocurrieron los hechos".

Jacir explicó a la salida de la audiencia que con esto, se descarta que "el imputado no haya tenido conciencia de lo que estaba efectuando".

Detalló que Monsalve usó una aplicación "en un determinado periodo de tiempo previo a la comisión de los delitos que no dan cuenta, en definitiva, de una inconsciencia de su parte en cuanto a no saber qué es lo que estaba llevando a cabo". Y se investiga con quién tuvo contacto esa noche.

Muestras de ADN


En la jornada también se refirieron a las pruebas de ADN encontradas en pertenencias de la denunciante y en la habitación. La defensa de Monsalve señaló que las pruebas no eran contundentes y que pudo haber contaminación cruzada.

Capello señaló que Providel "cuestiona los antecedentes recopilados por el Ministerio Público para acreditar la relación sexual, especialmente la realización del informe médico-legal que no es concluyente a su juicio, en cuanto a la existencia de una penetración vaginal a la víctima y que el informe de genética forense también lo cuestiona por la escasez de la muestra periciada y por una eventual contaminación cruzada de la muestra".

Ante esto, la magistrada señaló que "sobre las falencias del informe de genética forense, la Fiscalía indica que existe una nota explicativa de la perito de fecha 28 de marzo, en la cual se daría cuenta de las dificultades de la pericia, pero indicando que el resultado de la misma es irrefutable en cuanto a la certeza de que las muestras de espermios encontrados corresponden al imputado".

Complementó con que "la Fiscalía cuenta con la nota explicativa del peritaje genético realizado a las prendas de la víctima, que si bien no es concluyente por sí mismo, la perito ha aclarado que toda la evidencia de los espermios encontrados son compatibles con el ADN del imputado, descartando la presencia de material genético de otra persona de sexo masculino".

Rechazo a pruebas de la defensa

En la audiencia, la defensa de Monsalve exhibió videos de cámaras de seguridad que, según ellos, demostrarían una especie de relación entre ambos.

"Respecto a las declaraciones del imputado, señala que este manifiesta que no habría tenido participación en la contratación de la denunciante como asesora del Ministerio del Interior y que la liberación de los escoltas no habría sido premeditada, sino que se debió a que debió la inexistencia de protocolos externos. Al respecto, no existía vigilancia los fines de semana, por lo cual lo normal era que no lo acompañaran en esos días. Señala también la defensa que su representado, al igual que lo que declara la denunciante, no recordaría nada de la situación ocurrida el día de los hechos", expuso Capello.


También comentó que "agrega la defensa que su representado jamás tuvo el control de la situación, que los videos exhibidos darían cuenta que tanto la víctima como el imputado mantenían una cercanía que se aprecia como una relación afectiva recíproca y que, posterior al hecho, la denunciante habría mandado mensajes al imputado que harían referencia solamente a cuestiones laborales, sin reprochar los hechos de los cuales había sido víctima".

Para Capello, "en relación a los nuevos antecedentes alegados por la defensa, a juicio de la suscrita estos no son novedosos, ya que tanto los videos como los otros antecedentes que da cuenta la defensa durante la audiencia se tuvieron a la vista en la primera audiencia en que se decretó la medida cautelar".

Agregó que "las declaraciones que ha prestado el imputado no han modificado su postura inicial en cuanto a la supuesta privación de sentido que también lo afectaba, cuestión que resulta irrelevante para el tipo penal, pero que además ha sido desvirtuada con las nuevas diligencias realizadas por el Ministerio Público, que demuestran que el denunciado tuvo abundante actividad en su teléfono celular, lo que desvirtuó a la hipótesis de su alteración de conciencia".

Por qué mantener la prisión preventiva


Entre ayer y hoy se discutió si Monsalve se mantendría en prisión preventiva o bien accedía a una cautelar menos gravosa, como por ejemplo el arresto domiciliario total.

Capello resolvió que "en cuanto a la necesidad de cautela, si bien el imputado goza de irreprochable conducta anterior, el hecho que se le atribuye tiene asignada pena de crimen".

Además, que "su conducta posterior al hecho consistente en manipular cierta evidencia y borrar el contenido de sus celulares, negando además la existencia de los otros aparatos que posteriormente le fueron incautados, configuran tanto el peligro para la seguridad de la sociedad como el peligro para la investigación, por lo que el Tribunal resuelve mantener la prisión preventiva".
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