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Corte de San Miguel acoge amparo de INDH por maltrato a menor en centro del Sename

La acción cautelar fue presentada en favor de un menor de 16 años, quien se opuso a un traslado de módulo de reclusión y que fue golpeado por personal de Gendarmería.

04 de Marzo de 2014 | 12:03 | Emol

SANTIAGO.- La Corte de Apelaciones de San Miguel acogió un recurso de amparo presentado por el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) por maltrato a un menor infractor de ley del Centro de Internación Provisoria y Centro de Régimen Cerrado (CIP/CRC) de San Bernardo.


En fallo unánime, el tribunal acogió la acción cautelar presentada en favor de un menor de 16 años, quien se opuso a un traslado de módulo de reclusión y que fue golpeado por personal de Gendarmería de Chile.


La sentencia determinó que hubo actuar arbitrario del servicio de prisiones al golpear al menor de edad, el 6 de enero pasado, lo que provocó una serie de lesiones que fueron comprobadas y tratadas en el Hospital Parroquial de San Bernardo.


"De los antecedentes antes referidos puede colegirse que existe un hecho inconcluso en orden a que el menor en las diferencias que tuvo con la Educadora de Trato Directo, doña Mónica Abarzúa del Sename y en presencia del coordinador nocturno, don Rodrigo Romero y a requerimiento de este último es trasladado a dependencias de Gendarmería  para que pasara la noche", indica el fallo.


Y añade: "Al día siguiente, la asistente social encargada del caso, doña Ximena Muñoz fue informada que el amparado habría resultado lesionado a raíz del procedimiento realizado por personal e Gendarmería dentro del Centro en el cual se encontraba, lesiones  que son constatadas en la Enfermería y refrendadas en el Hospital Parroquial de San Bernardo, consistentes en escoriación 3 centímetros costrosa hombro derecho. Lesiones equimóticas y eritematosas lineales (dos sobre escapula izquierda 5 centímetros y sobre escapula derecha). Escoriación frontal rostro (2 cms.) y escoriación costrosa 6 cm. Bajo clavícula izquierda, calificadas todas  menos grave".


"En consecuencia, las lesiones que el menor presenta fueron ocasionados por terceros dentro de un recinto carcelario dependiente del organismo técnico  como lo es Gendarmería de Chile", apunta el veredicto.


Dentro de este contexto, agrega, que "los hechos revisten la gravedad suficiente como para establecer que encontrándose el amparado bajo la vigilancia del ente arcelario sufre lesiones que tienen el carácter de graves y que no pueden estimarse como auto inferidas, con lo cual se han vulnerado derechos esenciales de una persona que se encuentra bajo la supervigilancia de un Organismo del Estado".


El fallo de la ministra María Teresa Letelier, el fiscal judicial Fernando Carreño y el abogado integrante Manuel Hazbún, determina además que "resulta del todo pertinente acoger la presente acción de amparo sólo en cuanto Gendarmería de Chile debe propender a otorgar el apoyo psicológico pertinente para restablecerlo por los hechos sufridos, tomando las medidas necesarias que eviten la repetición de lo ocurrido, prestando especial atención a la situación del amparado, adoptando en su oportunidad y eventualmente las medidas conducentes a mantener y cautelar los derechos del interno que pudieren verse conculcados".

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