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Las modificaciones del artículo que atrasaron el despacho de la reforma tributaria a 17 meses del inicio de su discusión

La Cámara de Diputados aprobó casi la totalidad de la iniciativa del Gobierno, pero la norma que hace referencia a los impuestos verdes tendrá que ser revisada en comisión mixta el próximo martes.

23 de Enero de 2020 | 14:36 | Redactado por Patricia Marchetti M., Emol
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SANTIAGO.- Después de 17 meses de haber ingresado al Congreso, la reforma tributaria del Gobierno está a sólo un paso de ser despachada a ley. De hecho, después de la votación de ayer en la Cámara de Diputados, el mismo ministro de Hacienda, Ignacio Briones, dijo que solamente "queda pendiente un punto procedimental".

Dicho punto, "deberá ser resuelto en comisión mixta -el próximo martes a las 11:00 hroas- y ya quedaría listo para los trámites finales que la hagan ser Ley de la República", dijo el secretario de Estado. Pero ¿de qué se trata dicho "punto procedimental"? Del artículo de la reforma que hace referencia al procedimiento de impugnación del impuesto verde.


Es que ayer, dicha norma fue rechazada por los diputados al no alcanzar los 89 votos que requería para avanzar: tuvo 86 votos a favor, 60 en contra y dos abstenciones, por lo que se convirtió en la única modificación hecha por el Senado en segundo trámite en no obtener la aprobación de la Sala. Así, dicho punto deberá ser resuelto la próxima semana en comisión mixta, atrasando el despacho total de la ley.

Tras el rechazo a los cambios propuestos por el Senado, el diputado Alejandro Santana (RN), miembro de la comisión de Hacienda, aseguró que la negativa se trató más bien de un tema de "forma y redacción" más que de fondo. "Yo espero que se modifique y se apruebe", agregó.

Por su parte, el presidente de la instancia, Daniel Núñez (PC), sostuvo que el tema "no es algo menor", dado que "los impuestos verdes son una preocupación de lo que está pasando hoy día en el mundo con la naturaleza y tiene sus efectos porque estos impuestos han sido muy resistidos por ciertos sectores de la industria".

El artículo y las modificaciones rechazas

De acuerdo al Ministerio de Hacienda, este artículo, en general, cambia el foco del impuesto actual para gravar por emisiones, en reemplazo de la capacidad instalada. Este cambio eliminaría el sesgo tecnológico actual y permitiría excluir a aquellas industrias que solo tienen emisiones estacionales.

A su vez, incorporaría la posibilidad de compensar emisiones mediante proyectos de reducción de emisiones de contaminantes locales y globales, aprobados por el Ministerio del Medio Ambiente.

Sin embargo, después de recibir el proyecto aprobado por la Cámara, el Senado, en segundo trámite legislativo, hizo algunas mínimas modificaciones al punto que tiene que ver con el proceso de impugnación administrativa en la Superintendencia de Medio Ambiente del cobro del impuesto verde a las fuentes fijas contaminantes.

Dichas modificaciones fueron las que no alcanzaron el quórum para ser aprobadas y terminaron atrasando el despacho de la reforma.

Así, en específico, lo planteado por el Senado en la norma en cuestión apuntaba a que la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) sería la encargada de enviar al Servicio de Impuestos Internos (SII) un informe con los datos y antecedentes necesarios para que proceda al cálculo y giro del impuesto a los contribuyentes que se encuentren afectos conforme a este artículo.

Dicho informe, contenido en una resolución, "podrá impugnarse administrativamente ante la SMA o reclamarse ante el Tribunal Ambiental correspondiente del lugar en que se haya dictado la referida resolución, suspendiéndose la emisión del giro hasta la notificación de la resolución administrativa o jurisdiccional que se pronuncie definitivamente sobre la misma".

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Ese giro, emitido por SII, podría reclamarse ante los Tribunales Tributarios y Aduaneros sólo en caso de que no se ajuste a los datos o antecedentes contenidos en el informe enviado por la Superintendencia del Medio Ambiente o a los que fundamentaron un nuevo giro.

Por último, la modificación del Senado planteaba que sería el SII el que determinaría la forma y plazo en que la SMA debería enviarle su informe, comunicarle la presentación de reclamaciones y su resolución.

Con todo, ahora quedará en manos de cinco diputados y cinco senadores zanjar las últimas diferencias en torno al tema de la impugnación para poder aprobar completamente el artículo de los impuestos verdes y, así, dar pie para que la reforma tributaria se convierta en ley.
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