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Retiro del 10%: AFPs estarán obligadas a consultar si hay deudas por pensión de alimentos

La Superintendencia de Pensiones emitió un nuevo instructivo para las administradoras, luego de que fuera despachada la normativa que modifica la ley de Tribunales de Familia.

18 de Agosto de 2020 | 07:15 | Redactado por B. Osses, Emol
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SANTIAGO.- Durante la jornada del lunes, la Superintendencia de Pensiones envió nuevas instrucciones a las AFPs, en el marco del retiro del 10%, luego de que el Congreso despachara la normativa que modifica la ley sobre los Tribunales de Familia, por lo que desde ahora las administradoras estarán obligadas a consultar si hay deudas por pensión de alimentos

De acuerdo a lo informado por el organismo, "esto también se aplicará a quienes ya ingresaron sus solicitudes de retiro y no hayan dado respuesta a esta consulta, encontrándose pendientes todo o parte del pago del retiro de fondos de su cuenta de capitalización individual".

Asimismo, explicaron que "la Ley N° 21.254, iniciativa del Ministerio de Justicia, establece disposiciones transitorias para que los tribunales de familia puedan decretar medidas cautelares de retención de los fondos acumulados en la cuenta de capitalización individual obligatoria (...) cuando el respectivo afiliado o beneficiario de pensión de sobrevivencia solicite retirar o pueda hacerlo al contar con recursos para aquello".

"La medida tiene como objetivo cautelar el pago de derechos derivados de pensiones alimenticias", añadieron.

Con lo anterior, la Superintendencia instruyó, además de lo mencionado anteriormente, que en el caso de afiliados que hayan traspasado sus fondos a otra AFP y posteriormente el tribunal de familia notifique la medida cautelar de retención a la antigua, ésta deberá notificar dicha retención, en el mismo día hábil, a la nueva administradora.

Asimismo, luego de que la administradora sea notificada por el tribunal, ésta deberá informar al afiliado, ya sea por medios electrónicos o por carta certificada, en un plazo de tres días hábiles.

En tanto, en el caso de los afiliados que ya tengan la solicitud de retiro, pero que no hayan respondido la consulta sobre la existencia de alguna deuda de alimentos, las AFPs tendrán un plazo de dos días hábiles -desde este lunes- para consultar a los solicitantes.

"Por esta razón, desde hoy las administradoras deberán ajustar los formularios de solicitud para preguntar explícitamente si el solicitante tiene deudas impagas originadas por pensión alimenticia. La respuesta a dicha pregunta será obligatoria", añade el comunicado.

Finalmente, en el caso de los solicitantes que ya retiraron el total de sus fondos autorizados y cuya AFP haya sido notificada de la orden de retención, la administradora deberá informar al respectivo tribunal de familia.

Pagos superan los US$ 9.100 millones

Por otra parte, al cierre de la jornada la Superintendencia de Pensiones dio a conocer un nuevo balance del proceso, revelando que hasta las 17.00 horas, un total de 8.949.680 afiliados y beneficiarios habían realizado el trámite.

En tanto, a la misma hora ya se registraban 9.847.709 solicitudes, de los cuales 895.716 no fueron acogidas a trámite por validación de los datos entregados por las personas.

Finalmente, respecto de los pagos ya efectuados por parte de las administradoras, los datos muestran que un total de 6.958.363 afiliados y beneficiarios ya lo han recibido, lo que en conjunto asciende a US$ 9.143 millones.
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