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Corte de Talca ordena a una AFP entregar la totalidad de sus fondos de pensión a afiliado con cáncer terminal

El tribunal de alzada acogió el recurso de protección presentado en contra de AFP Modelo, señalando que esta actúo de forma arbitraria y estableció un plazo máximo de 30 días para la entrega del dinero.

23 de Septiembre de 2020 | 08:35 | Redactado por Tomás Molina J., Emol
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El Mercurio
La Corte de Apelaciones de Talca acogió un recurso de protección presentado por un funcionario público diagnosticado con enfermedad terminal, y ordenó a la AFP Modelo restituir al recurrente el total de los fondos acumulados en su cuenta de capitalización individual.

En fallo dividido, la Segunda Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Moisés Muñoz Concha, Carlos Carrillo González y Jeannette Valdés Suazo– acogió la acción cautelar tras establecer el actuar arbitrario de la AFP al denegar el giro íntegro de los fondos acumulados por Mauricio Edison Brunetti Labrín, de 61 años, diagnosticado con cáncer cerebral.

Según la resolución, es un acto ilegal y arbitrario de la AFP el rechazo de la solicitud de restitución de los fondos previsionales del recurrente, quien alega la existencia de urgentes y onerosos tratamientos médicos que debe soportar debido a estar padeciendo una enfermedad irreversible y que tendría escasas posibilidades de sobrevivir a esa afección de su salud, haciendo inviable su derecho a obtener algún tipo de beneficio de seguridad social.

Para el tribunal de alzada talquino, si bien la AFP se ha basado en una norma de rango legal para negarse a la petición de restitución de los fondos (Decreto de Ley 3.500), "es el Poder Judicial quien debe interpretar y fijar los límites de los derechos que las partes invocan para su amparo, aplicando la Constitución, las leyes y la totalidad de las normas que integran el ordenamiento jurídico".

Por tanto, se resuelve que se acoge el recurso de protección interpuesto por Mauricio Edison Brunetti Labrín en contra de AFP Modelo, "disponiéndose que está ultima restituya al recurrente la totalidad de sus fondos previsionales, en el plazo máximo de treinta días". La decisión fue acordada con el voto en contra de la ministra Jeannette Valdés Suazo.

En marzo de este año, la misma corte falló de forma similar y de forma inédita para ese entonces, cuando acogió un recurso de protección interpuesto esa vez en contra de AFP Provida, ordenándole restituir a cotizante la totalidad de sus ahorros previsionales.
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