Bonos y beneficios tributarios para más de 820 mil micro, pequeñas y medianas empresas, son lo que permitirán las dos leyes promulgadas esta tarde por el Presidente Sebastián Piñera, con el objeto de paliar los efectos económicos de la pandemia de covid-19.
Se trata de un paquete económico presentado por el Gobierno y que esta mañana culminó con su tramitación legislativa, lo que permitirá entregar apoyo monetario directo a las pymes y medidas tributarias para flexibilizar y reducir temporalmente el pago de impuestos.
Bono alivio: ¿Quiénes lo reciben?
Uno de los proyectos, despachado esta mañana por el Congreso, contempla la entrega de un bono de $1 millón a pymes -ya sean personas naturales o jurídicas- que hayan iniciado actividades en primera categoría hasta el 31 de marzo de 2020 y que sus ingresos anuales por ventas no hayan superado las 25 mil UF durante el año pasado.
Junto con el mencionado límite de ventas, para recibir el bono se deberá cumplir uno de los siguientes requisitos: que haya tenido al menos un trabajador contratado durante 2020; que haya declarado ingresos por ventas al menos dos meses en 2020, continuos o discontinuos; o que corresponda a los rubros más golpeados por la pandemia, como gastronomía, eventos, cultura, turismo, belleza y peluquerías, gimnasios, transportes escolares, jardines infantiles y ferias libres.
Bono adicional
Por otra parte, aquellas pymes que estén afectas al pago de IVA, recibirán un bono adicional equivalente a tres meses del promedio del IVA débito del año 2019, con un tipe de $2 millones.
Incremento para mujeres y anticipo para pago de cotizaciones
Tanto el bono de alivio como el bono adicional aumentarán 20% en caso de que la persona natural o titular de una empresas que solicite el beneficio sea mujer.
En caso de micro, pequeñas y medianas empresas con trabajadores suspendidos por la ley de protección al empleo, recibirán un "anticipo solidario" para el pago de cotizaciones de seguridad social.
¿Cuándo se pagarán los bonos?
Una vez publicada la ley en el Diario Oficial, el bono alivio de $1 millón se deberá solicitar en forma electrónica al Servicio de Impuestos Internos (SII) y si procede, se pagará en un plazo de 20 días. Las empresas solo podrán solicitar aquello una sola vez y tendrán un mes para hacerlo, a contar del décimo quinto día corrido desde la publicación de la ley, para pedirlo.
Por su parte, el trámite para acceder al bono adicional y al bono para el pago de cotizaciones también debe hacerse a través del SII, y el plazo para pedirlos será de dos meses a contar del décimo quinto día corrido desde el vencimiento del plazo de un mes del bono alivio.
¿Cómo apelar?
Si alguno de los bonos es denegado u otorgado por un monto inferior al solicitado por el beneficiario, este podrá reclamar ante el SII, quien resolverá sobre la base de los antecedentes que proporcione el afectado y los organismos públicos que correspondan.
Medidas tributarias
En cuanto a la iniciativa que establece beneficios tributarios, la ley contempla una reducción transitoria de la tasa de interés penal por mora en pago de todo tipo de impuestos y contribuciones de 1,5% a 0%, lo que estará disponible para los giros (órdenes de pago de las deudas tributarias) que se emitan hasta el 31 de diciembre de este año.
Asimismo, establece la opción de solicitar la devolución de crédito fiscal IVA acumulado, entre el 1 de marzo de 2020 y el 31 de mayo de 2021, según la declaración de IVA que se realice en julio, agosto y septiembre del año 2021.
¿Requisitos?
Para recibir estos beneficios tributarios, los requisitos son haber obtenido ingresos por ventas y servicios en al menos dos meses, continuos o discontinuos, entre el 1 de enero 2020 y el 31 de mayo 2021, y que la declaración de junio 2021 resulte un remanente de crédito fiscal de IVA generado por la adquisición de bienes o la utilización de servicios entre el 1 de marzo 2020 y el 31 de mayo 2021.
Extensión de patentes
En tanto, habrá una extensión de vigencia de patentes provisorias para aquellas empresas cuyas patentes vencieren durante el período de alerta sanitaria. La extensión es hasta un año contado desde el día siguiente a aquel en que se termine el estado de alerta sanitaria.
A su vez, se duplica el plazo de los convenios de pago con Tesorería y Municipios -patentes de alcoholes y comerciales- pasando de 24 a 48 cuotas, y se establece una condonación del 100% de intereses y multas.
Estas medidas tributarias implicarán menores ingresos fiscales por US$1.214 millones este 2021.