La firma china Pico Technology, abocada a la fabricación de productos de realidad virtual, pretendía registrar su marca en territorio nacional, pero el
Instituto Nacional de Propiedad Industrial (Inapi) rechazó su petición por un curioso motivo. "El signo pedido Pico, corresponde a una seña que atenta contra las buenas costumbres y la moral, por cuanto corresponde a una derivación vulgar del nombre de los genitales masculinos", sostuvo el organismo en una resolución del pasado 6 de marzo.
"A su vez, la expresión pedida puede ser considerada c
omo ofensiva y como una conducta social reprochable por los consumidores, no pudiendo por tanto constituirse en marca comercial", agregaron.
Según recogió el Diario Financiero, ante esta negativa, la empresa china llevó el caso ante el Tribunal de Propiedad Industrial, instancia en que la defensa de la compañía, asesorada por Eduardo Lobos, de Sargent y Krahn Ltda., dijo que buscaba alcanzar la protección sobre sobre un conjunto marcario.
Por lo mismo, la empresa dijo que "el uso efectivo nos demuestra que no se emplea la expresión en su sentido vulgar, y además, el hecho de que mi mandante es una empresa extranjera nos permite concluir que no tenían conocimiento siquiera sobre esta acepción".
"Asimismo, tampoco se consideró que Pico corresponde al segmento principal de la razón social y nombre comercial de mi mandante, que conforme al artículo 8 del Convenio de Paris, debidamente ratificado por Chile, corresponde ser protegido. Así, queda clara la buena fe de mi mandante, toda vez que esta solicitud no es más que una legítima extensión de los derechos marcarios que ya tiene en el mercado", agregó la defensa.