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Fin de excedentes: Isapres informan ajustes de planes al 7% legal y preparan "alternativas" para compensar alzas

Esto, producto de la implementación de la ley corta que comenzará a partir del próximo domingo 1 de septiembre.

30 de Agosto de 2024 | 23:02 | Por Pablo San Martín, Emol
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El Mercurio
El domingo 1 de septiembre las isapres deberán comenzar a aplicar la Tabla Única de Factores (TUF) en sus contratos y adecuar todos los planes a al menos el 7% de cotización legal. Esto, para cumplir con la primera etapa de la ley corta, que se legisló para viabilizar el fallo de la Corte Suprema que mandata a las aseguradoras a devolver los cobros en exceso y emplear la TUF.

La puesta en marcha de la ley implicará que el 31% de los afiliados deje de generar excedentes, por la adecuación de todos los contratos al 7% de cotización legal, una de las medida que se aplicó para amortiguar el golpe financiero significa el fallo del máximo tribunal para las aseguradoras. Asimismo, en una segunda etapa, implicará la devolución de los cobros en exceso, cuyo detalle se conocerá en las próximas semanas.

Así, ad portas de que la ley comience a regir, las isapres comenzaron a informar a sus afiliados acerca de la implementación y de los beneficios a los que se puede postular en caso de que se deje de generar excedentes.

Beneficios y ofertas


Una de las isapres que informó a sus afiliados acerca de la aplicación de la ley, a través de un correo electrónico, es Banmédica. La aseguradora indicó que "la norma establece que ningún plan de salud podrá costar menos del 7% de la cotización legal, por lo que se ofrecerán nuevos beneficios o alternativas a quienes corresponda realiza, por única vez, un ajuste del precio de su plan de salud a su cotización, quienes a su vez mantendrán intactos los excedentes acumulados hasta el momento del cambio".

"En una segunda etapa -añadió en el correo- se informará de la aplicación de una prima extraordinaria por beneficiario a todos nuestros planes, la cual fue contemplada en la Ley Corta de Isapres con el propósito que todas las Isapres puedan cubrir los costos de las obligaciones con los beneficiarios como lo son, por ejemplo, prestaciones de salud, licencias médicas, entre otras, asegurando así la continuidad de todos sus tratamientos".

"Respecto a las devoluciones de las cantidades percibidas en exceso de acuerdo con las sentencias de la Corte Suprema, será la Superintendencia de Salud quien (con la aprobación del Plan de Pago y Ajustes) valide el monto y propuesta de pago para cada uno de los afiliados y ex afiliados que les corresponda recibirlas", indicó también.

Cruz Blanca también se comunicó con sus afiliados por correo. En primer lugar, informó la aplicación de la Tabla Única de Factores en los casos que la ley determina y "el ajuste del precio del plan de salud al mínimo del 7% de la cotización legal", aunque no se refirió a las alternativas que deberá a ofrecer, según mandata la ley, a sus afiliados para comepensar esta alza.

También indicó que "al momento de esta comunicación, nos encontramos a la espera de la aprobación del plan de pago y ajuste por parte de la Superintendencia de Salud. En próximas comunicaciones le iremos informando acerca del contenido de dicho plan, que incluye -entre otros- el incremento de precio por prima extraordinaria, necesario para el financiemiento de los planes de salud".

En tanto, isapre Esencial, que no debe hacer devolución por cobros en exceso, informó a algunos de sus afiliados, que cotizan por menos del 7%: "De acuerdo con lo que establece la normativa, debemos ofrecerte alternativas para que tu cotización pactada se acerque a la cotización legal obligatoria".

Así, en ese tipo de correos recalcó que "podrás optar entre las siguientes alternativas para que tu pactado se acerque a la cotización obligatoria de 7%: Mantener tu plan actual y aceptar un ajuste en UF el que compensaremos con nuevos beneficios para tu contrato. En caso de elegir esta alternativa no debes realizar ninguna gestión. Aceptar el plan alternativo que te ofreceremos, para lo cual debes ingresar a tu sucursal virtual a la sección 'Mi Plan'".

Más tarde, fue la Asociación de Isapres -que agrupa a Cruz Blanca, Nueva Masvida, Colmena y Consalud- la que señaló que un comunicado que "las Isapres ejecutaron la incorporación de la Tabla de Factores Única a los planes más antiguos del sistema y el cobro de la cotización legal mínima en salud a los afiliados".

Así, los planes suscritos con anterioridad a abril de 2020, cuando entró a regir la Tabla de Factores Única, deberán ser recalculados a partir de valores que no diferencian por sexo". La entidad aseguró también que se ajustará la cotización obligatoria. "La norma impide que las personas destinen un monto menor al de su cotización mínima legal para salud e instruye el ajuste de los planes que se encuentren en esa condición, para equipararlos al 7%, tal como ocurre en Fonasa. Estos afiliados podrán optar a beneficios o planes alternativos".

"Todo el proceso -añadió- será informado por las Isapres a los afiliados involucrados, a través de correos o cartas que detallarán los ajustes caso a caso. Por ello, es muy importante que los beneficiarios revisen la información y puedan resolver sus dudas".

"Pero -advirtió- está pendiente la segunda y crucial etapa de los ajustes que dispone la Ley Corta, destinada a dar sostenibilidad al sistema, asegurando las coberturas y posibilitando las devoluciones a los afiliados. Para ello, resta la resolución de la Superintendencia de Salud a las propuestas de los Planes de Ajuste presentados en julio por las Isapres".

Cabe destacar que, por ahora, a las isapres no se les han aprobado los planes de pago. El Consejo Consultivo revisó cuatro, y los rechazó todos, según consignó El Mercurio. Aunque esta entidad no es vinculante y la autoridad los puede aprobar de todos modos.

Este plan es fundamental para conocer cómo y en qué plazo las instituciones devolverán los cobros en exceso a los afiliados.
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