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Dominga: Detalles y alcances del nuevo fallo que propinó un nuevo revés al Comité de Ministros

La instancia judicial concluyó que la votación del Comité incumplió con lo que previamente había determinado el propio Tribunal.

18 de Febrero de 2025 | 18:01 | Por Pablo San Martín, Emol
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El Mercurio
Un nuevo capítulo se suma a la interminable trama del proyecto minero-portuario Dominga. Ayer el Tribunal Ambiental de Antofagasta dictó un fallo en el que determinó que el Comité de Ministros cumplió solo parcialmente lo que la institución había ordenado.

Dominga había sido rechazada por el Comité de Ministros el 8 de enero de este año. La instancia había estado compuesta por subrogantes, luego de que los titulares -como la ministra de Medio Ambiente, Maisa Rojas; o el ministro de Economía, Nicolás Grau, entre otros- se inhabilitaran, tras los cuestionamientos del propio Tribunal.

En ella estuvieron presentes, de este modo, la subsecretaria de Salud Pública, Andrea Albagli; el subsecretario de Pesca, Julio Salas; el jefe de gabinete del Ministerio de Agricultura, Alan Espinoza; el subsecretario de Energía, Luis Felipe Ramos; y la subsecretaria de Minería, Suina Chahuán.

En lo medular, la instancia judicial concluyó que la votación del Comité incumplió con lo que previamente había determinado el propio Tribunal. Esto implica la suspensión de la decisión que dejó sin efecto la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) de Dominga. El proyecto, de esta manera, sigue con un RCA vigente.

El fallo también dictaminó que el Comité integrado por los subrogantes se excedió al abordar asuntos que no formaban parte del fallo. Esto -dice- constituiría un "incumplimiento a la sentencia". Es que se había mandatado -desde el Tribunal- que la instancia sesionara para cumplir con lo ya determinado en la justicia, lo que no ocurrió según el Tribunal.

"El cumplimiento forzado de una obligación supone necesariamente la no ejecución en tiempo de una sentencia, como se ha analizado en los considerandos precedentes, cuestión que, en esta etapa y tipo de procedimiento, no constituye una razón que invalide el acto de reemplazo dictado por la reclamada. Lo anterior, sin perjuicio de lo que se resolverá respecto del contenido o cumplimiento material de la resolución del Comité de Ministros", se puede leer en el fallo.

El Tribunal también se refirió a la prticipación del subsecretario de Pesca, Julio Salas, quien en otras instancias se había mostrado contrario a Dominga y quien participó del Comité de Ministros. Es que durante los días previos a la sesión, los focos habían apuntado hacia él. Esto, toda vez que los cuestionamientos hacia Dominga habían derivado en la inhabilitación de los ministros titulares.

"Es posible advertir que el pronunciamiento del Sr. Salas se formuló en el ejercicio de sus competencias específicas previstas en su respectivo estatuto jurídico en el contexto de una evaluación técnica del proyecto. En tanto, la concurrencia y pronunciamiento ante el Comité de Ministros corresponde al ejercicio de potestades distintas e incluso acotadas conforme lo estableció la sentencia definitiva", indicó el Tribunal.

En tanto, la instancia judicial dejó intactos los puntos en los que se rechazaban las reclamaciones en contra de Dominga, como las de la Comunidad Agrícola Los Choros y del Sindicato de Trabajadores Independientes N°1.

¿Qué viene ahora?


En 9 días más -considerando que el fallo se dictó ayer-, el Comité de Ministros deberá volver a sesionar. Desde el Ministerio de Medio Ambiente señalaron a El Mercurio que están "analizando el fallo y los pasos a seguir".

Desde Alianza Humboldt, agrupación que reúne a organizaciones contrarias a Dominga, calioficaron de "inédita" e "ilegal" la resolución del Tribunal que hará que el Comité tenga que volver a pronunciarse.

"El Primer Tribunal Ambiental intenta algo que tiene estrictamente prohibido, determinar la decisión de la autoridad (...) El Tribunal no puede, ni siquiera técnicamente, sustituir toda la información que ha puesto en duda la viabilidad de este proyecto, cuestión que le toca exclusivamente decidir a la autoridad administrativa", explicó Marcos Emilfork, Coordinador Jurídico de ONG FIMA.

En tanto, desde la titular del proyecto, Andes Iron, se mostraron esperanzados en que, en adelante, "se cumpla con lo instruido por la justicia ambiental y, finalmente, se reconozca que la discusión técnica sobre nuestro proyecto está concluida, ya que éste cumple cabalmente con la normativa medio ambiental".

El fallo -sostuvo además la compañía- "demuestra un actuar inédito y grave de parte del Comité de Ministros, al negarse a acatar fallos judiciales. Cabe señalar que, el Primer Tribunal Ambiental incluso, deja abierta la posibilidad de imponer medidas coercitivas si el Comité de Ministros persiste en incumplir la sentencia".

De todos modos, el Gobierno tiene herramientas de querer actuar. "El Ejecutivo puede impugnar esa decisión a través de un recurso de reposición o apelación según la estrategiac procesal que tengan", indicó a El Mercurio Emanuel Ibarra, socio del estudio Moreno, Sáez y Avilés.

"Lo más importante de esta sentencia es que el Tribunal Ambiental confirma y refuerza el control judicial sobre las resoluciones de la institucionalidad ambiental en general y del Comité de Ministros, en particular", explica Felipe Leiva, docente de la Facultad de Derecho de la Universidad del Desarrollo.

Añade, en esa línea, que "con esta jurisprudencia el Tribunal Ambiental da una clara señal a la Administración sobre la necesidad de cerrar la revisión ambiental de los proyectos exigiendo poner un punto final o cierre a la permanente litigación de los proyectos de inversión como Dominga, que -recordemos- lleva años en tal situación sin que a la fecha se haya despejado la incertidumbre sobre la viabilidad de su ejecución".

Por su parte, Francisco Irarrázaval, académico de Derecho Uandes señala que "el Tribunal Ambiental estima que lo que señala Andes Iron es correcto; que fue una votación totalmente contraria a derecho, tanto en su forma como en su fondo".
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