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Constituyentes impulsan batería de plebiscitos: Para ratificar tratados, revocar mandatos y vetar leyes

Académicos apoyan que haya mecanismos de democracia directa, pero tienen reparos a los referéndums revocatorios de mandato. José Ignacio Martínez, decano de Derecho de la U. de los Andes, dice que estos "no forman parte de los sistemas constitucionales más prestigiosos y admirados".

20 de Febrero de 2022 | 11:46 | Por Maximiliano Vega, Crónica Constitucional
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Los mecanismos de democracia directa son conceptos que se han instalado en el proceso constituyente —parte del temario que debe discutir la comisión de Principios constitucionales—, cuya herramienta más conocida son los plebiscitos.

Aunque en Chile se conocen los plebiscitos nacionales y comunales —el ejemplo más reciente es el de octubre de 2020—, los constituyentes, a través de distintas iniciativas de normas, proponen que la Constitución considere otros para fines diversos: revocar mandatos presidenciales, regionales, distritales y comunales, ratificar tratados internacionales, vetar leyes y revisar el impacto de planes reguladores o proyectos económicos.

Se trata de al menos ocho iniciativas (196-2, 223-6, 374-2, 377-2, 399-2, 320-2, 453-2, y 228-2) impulsadas por convencionales de Chile Digno, Movimientos Sociales Constituyentes, Pueblo Constituyente y la Coordinadora Plurinacional. Algunas cuentan con apoyo del Frente Amplio, INN y escaños reservados. Cada propuesta es distinta: por ejemplo, mientras que las 453-2 y 228-2 solo se refieren a la revocación de mandato, otras van mucho más allá.

En sus textos, por ejemplo, se encuentra que la 377-2 dice que se hará un plebiscito nacional "para la ratificación de los tratados internacionales sobre derechos humanos, los tratados de libre comercio y cualquier otro tratado que establezca obligaciones vinculantes y exigibles para el Estado".

La iniciativa 196-2 enumera plebiscitos de vetos "de ley nacional", "de nivel regional" y "de nivel municipal". Se explica que se pueden activar por un grupo de 100 mil ciudadanos (nacional) o si lo solicita un padrón mayor al 2% (regional y municipal).

Mientras que la 399-2 señala que "si esta Constitución es aprobada por el plebiscito de salida, el Estado de Chile deberá implementar los mecanismos de democracia directa aquí dispuestos en un plazo de un año contados desde la aprobación del texto constitucional".

Un factor importante es que serán las iniciativas de los convencionales de las que dependa si hay democracia directa en la nueva Constitución, pues de las cerca de 30 normas populares que trataban el tema, ninguna logró las 15 mil firmas necesarias para su discusión en la Convención.

La mirada crítica de los expertos


De las ocho iniciativas constituyentes revisadas, seis contemplan la revocación de mandato, algo que los expertos consultados consideran como una mala idea.

José Ignacio Martínez, decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de los Andes, señala que los mecanismos de democracia directa son excepcionales en los sistemas constitucionales, y más aún los de revocación de autoridades. "En Latinoamérica tiene sus manifestaciones en tres modelos constitucionales: Venezuela, Bolivia y Ecuador, y desde luego no forma parte de los sistemas constitucionales más prestigiosos y admirados, como los de los países de la Unión Europea", opina Martínez.

Federica Sánchez, académica de la Universidad Alberto Hurtado, investigadora de Ciudadanía Inteligente, cree que esta idea "está muy atravesada por una discusión de coyuntura que es el gobierno de Sebastián Piñera". A su juicio "el revocatorio de mandato no es necesario ni adecuado porque ya existe el juicio político (la acusación constitucional), que funciona bien, aunque se le podrían hacer cambios".

Una minuta de Ciudadanía Inteligente compartida a la Convención el martes de la semana pasada valora que se propusieran referéndums de veto o que ratifiquen tratados y cambios constitucionales, pero no así las revocatorias de autoridades.

Yanina Welp, investigadora de la Albert Hirschman Centre on Democracy en Ginebra, Suiza, país emblemático en el uso de mecanismos de democracia directa, plantea: "en cuanto al revocatorio de mandato, me parece que la investigación comparada demuestra que no es una buena idea y especialmente no es una buena idea en países donde hay una alta fragmentación del sistema de partidos políticos como es el caso de Chile".

Con todo, Welp califica de buena idea "introducir mecanismos que puedan activar la ciudadanía por recolección de firmas para derogar leyes o promover cambios constitucionales".

Un aspecto que le llama la atención a Sánchez es que en las propuestas de los constituyentes se utilice la palabra plebiscito en vez de referéndum. "Plebiscito y referéndum son lo mismo, pero el primero tiende a tener una connotación más negativa, pues suele usarse en el contexto de regímenes autoritarios, mientras que referéndum suele usarse en el contexto de democracia".

¿La entidad a cargo de llevar a cabo estas consultas podría colapsar con tantos plebiscitos? Sánchez responde: "Si miramos, desde octubre de 2020 hasta ahora, tuvimos un plebiscito, la elección de convencionales, la segunda vuelta de gobernadores, la primaria, la primera vuelta y la segunda vuelta presidencial. Eso demuestra que el Servel está totalmente capacitado para encararlo y hacerlo bien, pero (de consagrarse los plebiscitos) se requerirá una partida presupuestaria", dice.

La separación de poderes y los partidos


Para los expertos es importante destacar que la democracia directa no reemplaza a la representativa ni a los poderes del Estado.

"Conforme a la mejor experiencia comparada, los sistemas constitucionales exitosos son aquellos que cuentan con un fuerte sistema de separación de poderes, con controles recíprocos y autoridades políticas elegidas periódicamente por los ciudadanos; con un sólido Estado de Derecho, que garantiza no solo el apego por parte de dichos poderes, sino que también la protección de los derechos y libertades esenciales", explica Martínez.

Yanina Welp no cree que haya "una correlación entre la inexperiencia de un país en democracia directa y su buen uso si hay una correlación clara entre que el Estado de Derecho funcione bien para que puedan darse las garantías de su activación".

Sánchez afirma que conversando con parte de la comisión de Principios Constitucionales ha interpretado que "tienen miedo a empoderar mucho a la ciudadanía, pero deben saber que estos mecanismos deberán estar regulados (...) no va a ser como en Suiza que se vota cuatro veces al año. Chile tiene una de las participaciones más bajas del mundo", remata.

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