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Jueza lesbiana pierde tuición de sus hijas

El fallo sostiene que "(...) la madre de las menores al tomar la decisión de explicitar su condición homosexual (...) sin merecer por ello reprobación o reproche jurídico alguno, ha antepuesto sus propios intereses postergando los de sus hijas".

31 de Mayo de 2004 | 13:24 | Carolina Valenzuela, El Mercurio en Internet

El fallo se refiere además a que la situación anómala de la jueza Karen Atala expondría a sus hijas a un estado de vulnerabilidad en su medio social.
SANTIAGO.- En un fallo dividido, la Cuarta Sala de la Corte Suprema decidió otorgar la tuición de las tres hijas de la jueza lesbiana Karen Atala, a su ex esposo y padre de las menores, el defensor público de la Novena Región, Jaime López.

El Tribunal acogió así, por tres votos contra dos, el recurso de queja presentado por López contra la decisión de la Corte de Apelaciones de Temuco que se había pronunciado el 30 de marzo pasado en favor de la magistrada.

La estrecha votación demuestra que hubo un fuerte debate valórico antes del fallo, que finalmente sostiene que el hecho de que la jueza de garantía de Los Andes tenga una pareja homosexual impide un desarrollo normal de las tres niñas de 10, 8 y 4 años.


Acogieron el recurso de queja los ministros José Luis
"Ella está muy afectada"
Francisco Estévez, director de Fundación Ideas y quien hace las veces de vocero de la jueza, indicó que ella "está muy afectada. Está en su casa llorando amargamente. Creo que es el sentimiento propio de cualquier madre a la que se le quitan sus hijos".

Señaló además que Karen Atala no va a ser ningún pronunciamiento público y que todas las organizaciones que la apoyaban están muy sorprendidas y consideran el fallo injusto, "porque acoge un prejuicio" y es discriminatorio.

Al rebatir los argumentos de la resolución, Estévez replicó que "la inmoralidad la cometieron los jueces que dieron la mayoría para un fallo que no es ético, que se aparta de los derechos humanos y que constituye un punto negro para el Poder Judicial Chileno".

Asimismo, Estévez no descartó llevar la causa a tribunales internacionales, como la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Pérez, Urbano Marín y Jorge Medina, y rechazaron la acción legal los ministros José Benquis y Orlando Álvarez.

El fallo adquiere una importancia adicional puesto que sienta precedente, ya que es primera vez que la Corte Suprema se refiere a una situación de este tipo.

El abogado Alfredo Morgado, quien representa al padre de las niñas, se mostró muy satisfecho por la decisión puesto que a su juicio "se ha cautelado los intereses de las tres menores, se les ha protegido y creemos que el mejor medio para que ellas se desarrollen, crezcan y se conozcan a sí mismas, es justamente el medio que les proporciona el padre".

Sanciones

Además de otorgarle la tuición de las tres menores al defensor público de Temuco, Jaime López, la resolución implica sanciones para los ministros de la Corte de Apelaciones de la IX Región, que dictaron un fallo de segunda instancia en favor de la jueza.

Al respecto, el fallo sostiene que los mencionados jueces incurrieron en una falta o abuso grave "por no haber apreciado estrictamente en conciencia los antecedentes probatorios del proceso y haber preterido el derecho preferente de las menores a vivie y desarrollarse en el seno de una familia estructurada normalmente y apreciada en el medio social, según el modelo tradicional que le es propio".

Dichas amonestaciones deberán ser determinadas por el pleno de la Corte Suprema.

Fallo: Madre antepone sus intereses a los de sus hijas

En el décimo sexto considerando el fallo sostiene que "no es posible desconocer que la madre de las menores al tomar la decisión de explicitar su condición homosexual, como puede hacerlo libremente cada persona (...) sin merecer por ello reprobación o reproche jurídico alguno, ha antepuesto sus propios intereses postergando los de sus hijas, especialmente al iniciar una convivencia con su pareja homosexual en el mismo hogar en que lleva a efecto la crianza y cuidado de sus hijas separadamente del padre de éstas".

En el siguiente acápite la resolución expresa que aparte de los efectos que la convivencia homosexual puede causar "en el bienestar y desarrollo psíquico y emocional de las hijas atendida sus edades, la eventual confusión de roles sexuales que puede producírseles por la carencia en el hogar de un padre de sexo masculino y su reemplazo por otra persona del género femenino, configura una situación de riesgo para el desarrollo integral de las menores respecto de la cual deben ser protegidas".

El fallo se refiere además a que la situación anómala de la jueza Atala expondría a sus hijas a un estado de vulnerabilidad en su medio social "pues es evidente que su entorno familiar excepcional se diferencia significativamente del que tiene sus compañeros del colegio y relaciones de la vecindad en que habitan, exponiéndolas a ser objeto de aislamiento y discriminación".

La Corte había dejado en estudio la resolución luego que el 17 de mayo pasado escuchara los alegatos del abogado Alfredo Morgado, en favor del padre de las menores, y del abogado Julián López, en representación de la jueza Atala.

Hasta hoy, las tres menores permanecían bajo la tuición provisoria de su padre, debido a que cuando se presentó el recurso de queja, la Corte acogió también una orden de no innovar en ese sentido.

Voto de minoría

Los ministros José Benquis y Orlando Álvarez, quienes rechazaron acoger el recurso de queja y por lo tanto votaron a favor de que la jueza Atala se quedara con la tuición de sus hijas, consideraron "discriminatorio" privar a la madre de ejercer su rol sólo por su opción sexual.

En uno de los argumentos con los que justifican su voto, los magistrados sostienen que "restarle a la madre, sólo por su opción sexual, la tuición de sus hijas menores de edad -como lo ha requerido el padre sobre la base de apreciaciones netamente subjetivas- involucra imponer tanto a aquéllas como a la madre una sanción innominada y al margen de la ley, amén de discriminatoria".

Asimismo, sostienen que los jueces de la Corte de Apelaciones de Temuco que fallaron en favor de la magistrada de Los Andes "no sólo no han cometido ninguna falta o abuso grave, que los haga merecedores de ser castigados disciplinariamente, sino que por el contrario, han dado correcta aplicación a la normativa vigente".

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